viernes, abril 19, 2024

Conciliarán la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con la Ley de Responsabilidades Administrativas del estado de México y municipios.

El diputado Tanech Sánchez propuso armonizar la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con la Ley de Responsabilidades Administrativas del estado de México y municipios.

La finalidad, es detallar aquellas conductas que, por acción u omisión de manera dolosa, puedan constituir violaciones a la materias como el cohecho, desviación de recursos y contratación indebida.

También incorpora un recurso de revisión para los órganos internos de control del Estado, municipios y del OSFEM contra las sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México.

Sánchez Ángeles recordó que del 12 de abril y el 19 noviembre a nivel federal se realizaron reformas a la Ley Federal de Reformas Administrativas en materia de faltas graves, para describir conductas que por acción u omisión de manera dolosa pudieran construir violaciones a la materia, por lo que se requiere armonizar la legislación local.

“Los actos de corrupción se efectúan de manera unilateral cuando un servidor público hace uso de su posición para obtener un beneficio personal o hacer uso indebido de su posición o bienes conferidos, para sí o un tercero”, precisó el morenista.

El Sistema Anticorrupción establece que los servidores públicos pueden ser responsables por su falta de diligencia y actuación ética al desempeñar un empleo, cargo o comisión en el ámbito estatal o municipal, y que deben abstenerse de asociarse con inversionistas, contratistas o empresarios nacionales o extranjeros y separarse de los intereses que afecten el ejercicio de sus responsabilidades.

La inclusión de un recurso de revisión al alcance de las autoridades demandadas permitirá combatir las sentencias emitidas en la segunda instancia, por el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, por virtud del cual revoque o modifique las determinaciones relacionadas con la imposición de sanciones por faltas administrativas graves o faltas de particulares o por responsabilidad administrativa de servidores públicos o infractores.

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