viernes, marzo 29, 2024

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) emitió autorizaciones a empresas que cumplieron con la totalidad de requisitos del marco regulatorio para las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) y que actualmente el Comité Interinstitucional ha emitido opinión favorable respecto de la autorización de trece sociedades.

Por Claudio Jaime

Antes de invertir cualquier cantidad en alguna institución de Tecnología Financiera, verifique que se encuentre autorizada y su razón social aparezca publicada en el Padrón de Entidades Supervisadas (PES), no se deje sorprender ni sea víctima de defraudadores.

La CNBV, con base en lo acordado por el Comité Interinstitucional en el que participa conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco de México, ha emitido autorizaciones de Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) con efectos inmediatos distintos:

  1. Autorizaciones

Son aquellas en las que las sociedades solicitantes ya cumplieron con la totalidad de requisitos que enuncia el marco regulatorio aplicable.

Estas autorizaciones han sido o estarán siendo, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y en página de Internet de la Comisión, integrándose al Padrón de Entidades Supervisadas (PES).

Actualmente se han otorgado seis autorizaciones con estas características, de las cuales, dos son entidades que ya operaban al amparo del artículo octavo transitorio de la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), y el cuatro corresponden a empresas de nueva creación, por lo que previo a su inicio de operaciones y su incorporación al PES, deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos que enuncia el artículo 40 de la Ley Fintech.

  1. Autorizaciones sujetas a condición suspensiva.

Las condiciones que tendrían que cumplir algunas de las sociedades, son, por ejemplo: la constitución de nuevas sociedades subsidiarias y la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio; la celebración de actos corporativos que conlleven aumentos en su capital social; redistribuciones accionarias; escisiones, fusiones y modificación de contratos operativos y de gestión.

Lo anterior para acreditar que su organización y funcionamiento es conforme a lo previsto en la normativa aplicable.

En el momento en que no existan condiciones pendientes de cumplir, las autorizaciones serán publicadas en el DOF, y en la página de la CNBV integrándose al PES, hasta la fecha de esta publicación se encuentran en esta condición un total de siete sociedades.

Respecto al proceso y tiempos de autorización de las ITF, la CNBV reitera en su comunicado que los plazos para la resolución de sus solicitudes se llevan a cabo conforme a la normatividad aplicable, y dado que diversas sociedades han solicitado prórrogas para solventar requerimientos, a la fecha, los tiempos de autorización corresponden en sí mismos al caso particular de cada entidad, en el entendido de que la revisión y análisis de los expedientes, se hace en el orden de su recepción e integración.

El comunicado finaliza citando que La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Banco de México y la CNBV, como participantes en este proceso de autorización, en su carácter de integrantes del Comité Interinstitucional previsto en la Ley Fintech, trabajan en el ejercicio de sus atribuciones en la autorización de las ITF.

Y no lo olvide, no gaste más de lo que gana.

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