viernes, abril 19, 2024

Destacan obstáculos para que las PPL puedan acceder al beneficio que representa este ordenamiento y puedan salir libres: Observatorio

“Ninguna legislación será eficiente si no hay claridad tanto en sus procesos como en sus resultados”, destaca el Observatorio de Amnistía, al dar su primer informe sobre la Ley de Amnistía del Estado de México, que si bien es considerada un referente a nivel nacional, presenta diversas irregularidades en su aplicación, lo que no permite un pronunciamiento sobre un buen o mal funcionamiento de dicho ordenamiento.

El Observatorio, conformado por siete organizaciones civiles defensoras de los derechos humanos, entre ellas el Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDHZL), Justicia Transicional MX y En Vero, presenta diversos señalamientos en cuanto a la aplicación de la ley por parte del Poder Judicial del Estado de México, así como por la Comisión de Derechos Humanos de la entidad, en la parte que le corresponde.

De acuerdo con el análisis que realiza el Observatorio, falta transparencia en la aplicación de la ley, además de referir diversos obstáculos para que las Personas Privadas de su Libertad (PPL), puedan acceder al beneficio que representa este ordenamiento y puedan salir libres.

“No existe TRANSPARENCIA en cuanto a cómo, concretamente, se está llevando el PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES presentadas y, sobre todo, quiénes son las personas beneficiadas…falta información desagregada por sexo, edad, categoría social, y delito por el cual solicitaron la amnistía, etc.”

En el caso de los obstáculos que han identificado en las respuestas a las solicitudes presentadas por las organizaciones peticionarias, las principales son de carácter administrativo, como el hecho de que en la recepción de documentos, “el personal no recibe documentación como el acta de nacimiento, bajo el argumento de que no se trata del formato solicitado”.

“Otro argumento recurrente para negar de plano la amnistía-destaca el Observatorio- se ha encontrado en aquellos casos que fueron acompañados o presentados por organizaciones defensoras de derechos humanos, conforme al inciso 4 del artículo VI de los lineamientos de la Ley”.

Al respecto, indica que “varias solicitudes han sido rechazadas con el argumento de que sus defensores —las organizaciones defensoras de derechos humanos— no acudieron a protestar el cargo cuando, según los mismos lineamientos, sólo se solicita la protesta a los defensores públicos”.

La negativa de los jueces al solicitar la constancia de primo delincuente del solicitante, a pesar de estar facultados para hacerlo, es el principal motivo detectado papara negar o desechar las solicitudes de amnistía.

“Las personas juzgadoras a las que les es turnada la solicitud de amnistía alegan que no están facultadas para solicitar a la Fiscalía estatal la constancia de delincuentes primarios – requisito indispensable para ser beneficiario. Por otro lado, si es el solicitante quien pide directamente la constancia a la Fiscalía, ésta última responde que es el Juez quien debe solicitarla”.

UN EJEMPLO

El Observatorio de Amnistía refiere por otra parte que el pasado 26 de marzo, el Poder Judicial del Estado de México dio a conocer que el primer beneficiario con la Ley de Amnistía del Estado de México fue Juan N., quién era procesado por el delito de robo, pero cumplía con todos los requisitos que determina la Ley. A partir de entonces, de las 712 solicitudes presentadas desde febrero, solamente 50 resultaron procedentes.

Por otra parte, los integrantes del Observatorio acusan que la Comisión de Derechos Humanos Del Estado De México no  tiene  capacidad de investigación y emisión de pronunciamientos para la parte  de la llamada  Amnistía Complementaria, esto debido a que “no ha dado a conocer sus lineamientos y procedimientos para emitir pronunciamientos en aquellos casos donde una persona privada de su libertad (PPL) denuncie violaciones a sus derechos humanos o al debido proceso.

Señalan  además que en su micrositio donde se puede llenar el formulario complementario a la solicitud de amnistía “se usan tecnicismos que muchas personas no comprenden además de ser poco claras algunas secciones del formulario virtual de la CODHEM, y las indicaciones por su parte resultan con frecuencia muy ambiguas (…) Hasta el momento, no se tiene informe público de cuántas solicitudes han sido recibidas y qué tratamiento se les ha dado”, refiere el Observatorio de Amnistía.

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