jueves, marzo 28, 2024

Por unanimidad, El Tribunal Electoral del estado de México resolvió más de 40 expedientes vinculados con juicios ciudadanos.

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) presidido por el magistrado Raúl Flores Bernal determinó, con votación unánime, desechar de plano más de una docena de expedientes vinculados con Juicios del Ciudadano Local.

Lo anterior como consecuencia de que los promoventes, no mostraron evidencias y elementos suficientes para continuar con el trámite.

En sesión pública celebrada a distancia como medida sanitaria, los cinco integrantes del Pleno dictaron sentencias en 28 Juicios del Ciudadano Local (JDCL), en nueve Procedimientos Especiales Sancionadores (PES) y en cinco Recursos de Apelación (RA).

En el JDCL/ 336, promovido por Lauro Zagaceta contra la Comisión Nacional de Elecciones de Morena en el distrito 17 de Huixquilucan determinó sobreseer parcialmente el expediente donde se impugna el proceso interno de selección de candidaturas a diputados locales.

Además de confirmar el  procedimiento interno efectuado por Morena con la postulación dentro de  la candidatura común de la coalición Juntos Haremos Historia, en favor de Francisco Amado Montes Pacheco.

En el PES 92, gestionado por el partido Morena en contra del Revolucionario Institucional (PRI) y el Gobernador Alfredo del Mazo Maza, por presunta promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos,  el TEEM declaró  inexistentes las violaciones objeto de la denuncia.

Mientras que en el JDCL/258,  interpuesto por Lorena Salas, primer síndico de Ecatepec en contra del Presidente Municipal  con licencia por supuesta obstrucción eficaz de su desempeño y actos discriminatorios, revocó lo que fue materia de queja.

En el PES/54 promovido por el PRI contra Juan Rodolfo Sanchez, presidente  municipal de Toluca con licencia, por actos anticipados de campaña y precampaña y uso de recursos públicos, el órgano jurisdiccional determinó que no se acredita la violación y por tanto son inexistentes las violaciones objeto de las denuncia.

Mientras que en el PES/59 promovido por el Partido del Trabajo en contra Juan Zepeda Hernándes y Movimiento Ciudadano por actos anticipados de campaña, el TEEM  no advirtió infracción a normatividad electoral que presuman actos anticipados de campaña.

En el PES/65  promovido por la síndica municipal, Guadalupe Urbina en contra presidente municipal suplente de Coyotepec, Andrés Montoya  por presuntos actos de violencia política en razón de género,  el TEEM determinó que no se actualizan los elementos de violencia con base en la normatividad vigente, ni se menoscaba los derechos  de la quejosa ni su acceso pleno a las actividades de su cargo por su condición de mujer y determinó la inexistencia de las violaciones objeto de queja.

En el PES/94 presentada por el PAN de Chapa de Mota en contra de Aurelio Jiménez y los partidos MOrena, Nueva Alianza y del Trabajo, por actos anticipados de campaña, declaró la  inexistencia de la violación objeto de la queja.

En el JDCL/354  promovido por Victoria Hernández, candidata regidora  de Tlalnepantla en contra de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, el TEEM determinó la improcedencia del medio de impugnación, mientras que en el JDCL/356  contra sustitución de vocalía der Organización de la junta municipal del IEEM en Jaltenco, declaró el  agravio como infundado y  confirmó el acuerdo  IEEM/CG/118/2021, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

En el JDCL/289, promovido por Miguel Alejandro Escamilla Solís, aspirante al cargo de Presidente Municipal en Tepotzotlán por Redes Sociales Progresistas, en contra de la Comisión Nacional de Procesos Internos del PRSP por la no procedencia de la solicitud de registro de aspirante para el Proceso Electoral 2020-2021, resolvió declarar infundada la demanda y en el JDCL/355 promovido por Gerardo Yamamoto, aspirante presidente municipal de Naucalpan por Morena determinó el sobreseimiento del medio de impugnación.

En el JDCL/369, determinó que es inviable la petición de Irma Rodríguez Albarrán, aspirante de Morena a Regidora del Municipio de Toluca de controvertir la omisión de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) y en el expediente 372, promovido por Ma. de Lourdes Gutiérrez Mayen, en contra de la resolución dictada en el expediente CNHJ-MEX-1545/2021 confirmó el acuerdo controvertido.

En el RA/37/2021, interpuesto por Ramón Tonatiuh Medina Meza, Representante Propietario del PRI, ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en contra del acuerdo No. IEEM/CG/111/2021 sobre las solicitudes de registro de las fórmulas de candidaturas a Diputaciones por el principio de mayoría relativa, el TEEM confirmó el acuerdo controvertido en lo que fue materia de impugnación.

En el PES/84, con motivo de la queja presentada por el PAN, en contra de Patricia Elisa Durán Reveles, en su calidad de Presidenta Municipal de Naucalpan, por actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y/o programas sociales, además de la vulneración al principio de imparcialidad, el Pleno declaró inexistentes las violaciones objeto de la denuncia.

En el JDCL/311/2021, promovido por Axel Elizalde Montaño, aspirante a candidato a Presidente Municipal de Chimalhuacán por Morena, para controvertir el acuerdo 1343 de sobreseimiento, emitido por la CNHJ, resolvió confirmar la resolución partidista impugnada.

En el JDCL/329 promovido por Juan Fidel Álvarez Pérez, aspirante a precandidato a Diputado Local por el Distrito 3, con sede en Chimalhuacán por Morena, para controvertir el proceso de selección y la omisión de la CNHJ de resolver su medio de impugnación, el TEEM resolvió sobreseer el presente juicio, así como la  inexistencia de  la omisión denunciada,

En el JDCL/353, promovido por José Alfredo Peña Veloz, aspirante a Candidato a Síndico Municipal de Texcoco por Morena, con el fin de controvertir la resolución emitida por la CNHJ en el expediente 1334/2021, resolvió confirmar  la resolución partidista impugnada.

En el JDCL/376 promovido por Rafael Hernández Gutiérrez, candidato del PAN a la Presidencia Municipal de Tianguistenco, para controvertir la negativa de su participación en el debate público sin aforo, que tendrá verificativo el próximo veintinueve de mayo, en el citado municipio, el TEEM resolvió confirmar el acto impugnado.

En el PES/87, iniciado con motivo de la denuncia presentada por el PRI en contra de Ángel Zuppa Núñez, en su carácter de Presidente Municipal de Tepotzotlán, por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, el TEEM resolvió declarar inexistentes las violaciones objeto de la denuncia, mientras que en el PES/93 motivada por el PMC con cabecera en Lerma en contra de Luis Alberto Carballo Gutiérrez, precandidato a la Diputación del IV Distrito Electoral en el Estado de México y del Partido Verde Ecologista de México, por actos anticipados de campaña, el TEEM declaró  inexistentes las violaciones objeto de la denuncia.

En el PES/98 motivado por  Morena en contra de Fernando Gustavo Flores Fernández, candidato a la Presidencia Municipal de Metepec, Estado de México, y del PAN; por actos anticipados de precampaña y campaña, resolvió declararla inexistencia de las violaciones objeto de la denuncia.

Asimismo resolvió desechar por diversos motivos entre ellos carecer de firma, de personalidad jurídica y por ser extemporáneos  los expedientes JDCL/357 , el RA/42, el RA/43 interpuesto por el Partido Político Del Trabajo, por medio del cual se controvierte del Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral Local, los JDCL/222/2021, JDCL/223/2021, JDCL/224/2021 y JDCL/225/2021, interpuestos en contra de la supuesta cancelación de candidaturas a Regidores y Presidente Municipal de Cocotitlán, por parte del Partido Encuentro Solidario, debido a que los actores carecen de interés jurídico.

En el JDCL/360 determinó su desechamiento al quedar sin materia y en el JDCL/373 interpuesto en contra del acuerdo IEEM/CG/113/2021, aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral Local, se propone el desechamiento de plano, al actualizarse la causal de improcedencia de extemporaneidad

Mientras que en JDCL/117/2021, JDCL/368/2021 y JDCL/377/2021, promovidos por Karla Angélica Velázquez Puentes, Gilberto Emba García y Jacobo Rojas Madrid, a fin de impugnar la convocatoria para integrar la Comisión Edilicia de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del citado municipio; el acuerdo de cabildo por el que se aprobó, la negativa de incorporar a la actora en dicha comisión y los acuerdos de improcedencia dictados por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena en los expedientes CNHJ-MEX-1596/2021 y CNHJ-MEX-1622/2021, respectivamente.

En el  RA/44 presentado por el representante propietario del Partido del Trabajo ante el Consejo Municipal 107 con sede en Toluca, en contra del acuerdo de ocho de mayo emitido por el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Estado de México, a través del cual determinó reservar la admisión de la queja dentro del expediente PES/TOL/PT/RMC-PRI-PAN-PRD/284/2021/05, al haber quedado sin materia.

Al igual desechó los JDCL/244/2021, JDCL/359/2021, JDCL/361/2021, JDCL/362/2021, JDCL/364/2021 y JDCL/375/2021 promovidos por Arely Sandoval Ramírez, Daniel Iñaqui Valtierra Fuentes, José Luis Sánchez Campos, Eduardo Wilfredo Hernández Leyva, Francisco Gutiérrez Castro y Eduardo García Lara, en los que se impugna, entre otras cosas, el Procedimiento de Selección de Candidatos del Partido Político Morena.