miércoles, abril 17, 2024

Magistrados del  TEEM calificaron de inexistentes las violaciones objeto de la denuncia en contra de Fernando Flores, candidato de Va por el estado de México a la alcaldía de Metepec.

Por Gabriela Landetta

Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de México aprueban sanciones  contra la alcaldesa con licencia de Atizapán de Zaragoza, Ruth Olvera Nieto, por violar la normatividad electoral, pero perdonan al virtual ganador de las elecciones en Metepec, Fernando Flores Fernández, candidato de la coalición Vamos por el Estado de México, a la presidencia municipal de esa localidad, por incurrir en presuntos actos adelantados de campaña.

En la sesión pública número 26 efectuada este martes, los cinco integrantes del TEEM, que encabeza el magistrado presidente Raúl Flores Bernal, aprobaron por unanimidad la resolución de 33 casos referentes a diversos medios de impugnación y Procedimientos Especiales Sancionadores, relacionados con diversas denuncias presentadas durante el proceso electoral local.

Así, los magistrados dieron el visto bueno a las resoluciones de los expedientes PES/ 34 y PES/ 121. Ambos presentados en contra de la alcaldesa con licencia de Atizapán de Zaragoza, Ruth Olvera Nieto, quien buscaba gobernar otros tres años ese municipio como candidata de la coalición Juntos Haremos Historia, pero solo obtuvo 67 mil 964 de los 195,594 votos emitidos en la localidad.

Es decir, el 33.97 por ciento contra el 54.08  por ciento (108 mil  181 votos) que recibió su oponente Pedro David Rodríguez Villegas de la coalición conformada por el PAN, PRI y PRD, de acuerdo con el último reporte del Programa de Resultados Electorales Preliminares del Instituto Electoral del Estado de México.

En el caso del expediente PES/ 121, al que dio lectura el secretario general de Acuerdos del TEEM, Antonio Valadez, se acusa a Olvera Nieto –como responsable- de la colocación de propaganda electoral en puentes peatonales y vehiculares en el municipio, por lo que se determinó que violaba la normatividad electoral que prohíbe utilizar esos espacios para promocionar candidaturas, por lo que determinó imponer una amonestación pública tanto a Ruth Overa como a los partidos de la coalición: Morena, PT y Nueva Alianza

En cuanto al PES/34, también en contra de la presidenta municipal con licencia de Atizapán de Zaragoza, por incurrir nuevamente en presuntas irregularidades de la normatividad electoral, al difundir propaganda en anuncios espectaculares, así como en la red social Facebook, se determinó por unanimidad declarar existente las violaciones objeto de denuncia. Además, los magistrados acordaron dar vista a la Presidenta de la Diputación Permanente de la LX Legislatura del Estado de México, a fin de que proceda a imponer la sanción correspondiente y se informe de esta resolución a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TEPJF, en las siguientes 24 horas.

En contraste, los magistrados aprobaron,  también por unanimidad, aprobar el dictamen del expediente PES/108, correspondiente a una denuncia presentada en contra de Fernando Gustavo Flores Fernández, cuando era precandidato a presidente municipal de Metepec, así como del PAN,  por supuestos actos anticipados de precampaña y campaña, pero los magistrados del  TEEM determinaron que eran  inexistentes las violaciones objeto de la denuncia y sobreseyó la misma.

En otro caso, correspondiente al expediente JDCL/ 371, los magistrados ordenaron al ayuntamiento de San José del Rincón restituir en su cargo como décima regidora a Olga Cruz Ramírez,  quien denunció diversos actos  que vulneraban su derecho político-electoral de ser votada, luego de ser separada de su cargo por integrantes de ese ayuntamiento, a pesar de no tener atribuciones para realizar esa acción, aunado a que le negaron audiencia para hablar del caso.

Por ello, los integrantes del TEEM avalaron por unanimidad revocar la determinación tomada y ordenó al ayuntamiento pagar las dietas, posteriores al 6 de mayo del 2021, así como  dejar sin efectos la protesta de ley tomada a la Décima Regidora Suplente y restituir a Cruz Ramírez  en su cargo en un máximo de tres días hábiles.

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