jueves, marzo 28, 2024

La segunda regidora suplente, Fátima Corona Reyes, cobrará los 28 días de dieta que le adeuda el ayuntamiento correspondiente al periodo en que asumió el cargo, que  fue del 28 de abril al 7 de mayo del año en curso.

Por Gabriela Landetta

La alcaldesa de Naucalpan, Patricia Durán Reveles, tendrá que atender la resolución del Tribunal Electoral del Estado de México y pagarle a la segunda regidora suplente, Fátima Corona Reyes, los 28 días de dieta que le adeuda el ayuntamiento correspondiente al periodo en que asumió el cargo, que  fue del 28 de abril al 7 de mayo del año en curso.

Así lo determinó este lunes el TEEM, al dar cumplimiento al acuerdo ST-JDC-573/2021 que ordenó la Sala Regional Toluca  del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con respecto al juicio ciudadano local 397 de 2021, promovido a título personal por Corona Reyes.

En sesión virtual que encabezó el presidente del Tribunal, Raúl Flores Bernal, se puso a consideración de los magistrados la consulta elaborada por la magistrada Martha Patricia Tovar Pescador con respecto al juicio para la protección de los derechos político electorales a favor de la quejosa.

Se resolvió que los agravios reclamados estaban parcialmente fundados, ya que si bien a la interesada no le tomaron protesta de ley como segunda regidora suplente a partir del 28 de abril, sí se realizó este acto protocolario hasta el 26 de mayo.

Sin embargo, sí procedía la denuncia en el punto relativo a que no se le pagó la dieta completa que le correspondía por todo el periodo en que fungió de suplente que fue del 28 de abril al 7 de junio.

Por unanimidad, los integrantes del TEEM aprobaron entonces ordenar al ayuntamiento de Nacalpan, para que por conducto de su presidenta municipal y  tesorero, realicen las gestiones necesarias a efecto de que se dé cumplimiento a este aspecto.

La resolución de este juicio se dará a conocer a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en cumplimiento a lo ordenado por en el expediente ST-JDC-573/ 2021 

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