sábado, abril 20, 2024

Por ley está prohibido el uso de animales en pruebas de productos cosméticos.

La semana pasada el Senado aprobó reformas a la Ley General de Salud para prohibir el uso de animales en pruebas para productos y artículos cosméticos. 

Las y los senadores respaldaron los cambios que planteó la Cámara de Diputados al proyecto, que se deriva de una iniciativa que presentó, en abril de 2019, el senador Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política.

Con las reformas se establece que no podrán fabricarse, importarse ni comercializarse productos cosméticos cuando en su formulación final medien o hayan mediado pruebas en animales, y contengan ingredientes o combinaciones de éstos que sean o hayan sido objeto de pruebas en animales.

Además, se impone una pena de dos a siete años de prisión y multa equivalente de 200 a dos mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, a quien contrate, autorice, conduzca, participe o desarrolle pruebas cosméticas en animales.

Dispone que, para garantizar el derecho a la información del consumidor, el etiquetado de todos los productos cosméticos comercializados podrá señalar que en su fabricación no se han llevado a cabo este tipo de pruebas.

En el dictamen se destaca que, a nivel mundial, más de 500 mil animales sufren y mueren anualmente a consecuencia de esta práctica, que se lleva a cabo en laboratorios para la producción de shampoo, máscara de pestañas, labiales y otros productos cosméticos.

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