martes, abril 23, 2024

Los compromisos establecidos en el contrato que firma podrían en algún momento darle sorpresas si usted los desconoce o ignora lo que representan para su estabilidad económica.

Por Claudio Jaime

Cuando un banco le concede un producto financiero, en este caso, una tarjeta de crédito se asegurará por medio de un contrato de que usted cumpla con las condiciones que le imponen para que el banco recupere el dinero que le presta y le cobre por sus servicios.

En México la Ley de Instituciones de Crédito establece que, para el otorgamiento de créditos, las instituciones bancarias deberán estimar la viabilidad de pago por parte de los acreditados valiéndose para ello de un análisis que permita establecer su solvencia sin menoscabo del valor de las garantías que se hubieren ofrecido.

Una de las desagradables sorpresas que podría llevarse sin previo aviso, sería que, en su nómina electrónica, sin importar de que banco sea, le aparezcan descuentos por incumplimiento de pago de intereses y esto aplicado de forma legal por parte del banco acreedor.

Por lo que consultar o releer el contrato de su tarjeta de crédito, le repito no sobra, para saber si en su caso existe esa “Cláusula de compensación” a favor de su banco. El riesgo para usted no radica, en este caso, en que le cobren los intereses que usted no ha pagado, sino que use adecuadamente la tarjeta de crédito para su provecho.

Quizá usted sea alguno de los propietarios de tarjetas de crédito que ofrecen los 51 bancos establecidos y regulados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y Ley del IPAB o esté a punto de serlo. Pero ya sea que tenga o planeé tener una tarjeta de crédito, esta muy a tiempo de consultar y releer su contrato para asegurarse que la idea que tiene en mente respecto a su tarjeta es la correcta.

De acuerdo con el Sistema de Información Económica del Banco de México, hasta junio del 2021 en México se encontraban vigentes más de 27 millones de tarjetas de crédito de todas las marcas, considerando que existen usuarios que cuentan con más de una tarjeta de crédito, lo cual representa un doble riesgo.

En el caso de que usted haya sido objeto de este u otro tipo de cobros que considere le afectan o bien que en su contrato no se encuentran puntualmente establecidos, podría tratarse de una cláusula abusiva, por lo puede acudir en búsqueda de asesoría y si ese es el caso, interponer la denuncia correspondiente ante la Condusef, para compensarlo a usted, a otros usuarios actuales y prevenir de abusos a tarjetahabientes en el futuro.

Y no lo olvide, no compre lo que no necesita y no gaste más de lo que gana.

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