martes, abril 23, 2024
Quién es Quién en la Amnistía

¡Los ocho aspirantes son responsables directos de la grave corrupción de la FGJEM!

Es importante destacar que los ocho aspirantes de la corrupción: Edmundo Porfirio Garrido Osorio, José Luís Cervantes Martínez, Dylcia García Espinosa de los Monteros, Antonio Israel Lira Salas, Rodrigo Archundia Barrientos, María de la Luz Quiroz Carbajal, María Esther Nolasco Núñez, Martín Marín Colín y Mario Salas Ortiz, que buscan obtener ser designados Fiscal General del Estado de México, son responsables penal y administrativamente de no haberse instalado y consolidando el Sistema de Justicia Penal Acusatorio (SJPA).

La responsabilidad principal de los ocho aspirantes (que se desempeñan y que desempeñaron como titulares e integrantes del ministerio público del fuero común y federal), es no haber dado cumplimiento a las obligaciones constitucionales y legislativas que les impuso la Constitución Federal con la Reforma Constitucional en Materia de Justicia Penal y Seguridad Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008.

Los ocho aspirantes de la corrupción también incumplieron la Convención Americana de los Derechos Humanos, toda vez que en el “ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el artículo 1, si no estuvieran garantizados por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados Partes se compromete adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medias legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades”. 

El Estado mexicano con la Reforma Constitucional armonizó las resoluciones del Tribunal Supranacional como lo es La Corte IDH, a través de las Jurisprudencias que ha emitido y que deberán ser aplicadas por los Estados parte que han suscrito la Convención Americana de Derechos Humanos.

La Corte IDH resolvió el caso Godínez Cruz vs. Honduras, Fondo. Sentencia de 20 de enero de 1989. Serie C, número 5, párrafo 175 y la Jurisprudencia para este caso señala lo siguiente.

“175. La segunda obligación de los Estados Parte es la de “garantizar” el libre y pleno ejercicio de los derechos reconocidos en la Convención a toda persona sujeta a su jurisdicción. Esta obligación implica el deber de los Estados Parte de organizar todo el aparato gubernamental y en general, todas las estructuras a través de las cuales se manifiesta el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos…” (el subrayado es nuestro) .

Es decir, el Estado mexicano “organizó todo el aparto gubernamental y en general, todas las estructuras a través de las cuales se manifestaría el ejercicio del poder público, de manera que fueran capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos”, y esto se organizó y armonizó con la Jurisprudencia del caso Godínez Cruz vs. Honduras de la Corte IDH con la Reforma Constitucional en Materia de Justicia Penal y Seguridad Pública del 18 de junio de 2008.

La Reforma Constitucional del 18 de junio de 2008, las y los operadores de justicia están circunscritos al Control de Convencionalidad, y esto queda de manifiesto con la publicación del: “Manual: Garantías para la Independencia de las y los operadores de justicia, editado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y la Organización de los Estados Americanos (OEA) con fecha del 5 de diciembre de 2013.

Estos graves incumplimientos de los ocho aspirantes de la corrupción a la Carta Magna, a la Convención Americana de los Derechos Humanos y al Control de Convencionalidad Difuso, son responsables directos e indirectos de que los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública (ministerios públicos, policías de investigación y peritos), no sean operadores de justicia, por no contar con la Carrera Ministerial, Policial y Pericial y lo más grave carecer de la Certificación Constitucional que les tuvo que haber otorgado el Centro de Control de Confianza del Estado de México.

Los ocho aspirantes de la corrupción como Procurador de Justicia, Subprocuradores, Fiscales Regionales y de Fiscalías Especiales del Estado de México, no tenían porque permitir que los ministerios públicos, policías de investigación y peritos a su cargo, no contarán con el Servicio de Carrera Ministerial, Policial y Pericial, y mucho no estar certificado como operadores de justicia, tal y como lo establece la CIDH a través del informe titulado “Manual: Garantías para la Independencia de las y los operadores de justicia.

El citado “Manual”, en el apartado Consideraciones Generales en Relación con la Independencia de las y los operadores de justicias, numeral III LOS PROCESOS DE SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO, es muy claro con el cumplimiento de un “proceso adecuado de la selección y nombramiento constituyen un presupuesto esencial para garantizar la independencia de las y los operadores de justicia”

Para el mes de marzo del año 2022 ni siquiera el ex Fiscal General de Justicia del Estado de México Alejandro Jaime Gómez Sánchez y los ocho aspirantes de la corrupción cumplieron con lo que señala el citado “Manual” y que en armonía con el artículo 21, incisos a) y b) de la Carta Magna señala lo siguiente: “a) La regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública…” y “b)…Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad pública si no ha sido debidamente certificado y registrado en el sistema”.

Para acreditar el incumplimiento y la falta de los operadores de justicia de la FJGEM en reiteradas solicitudes de transparencia realizadas en los años 2020 y 2021 la FGJEM, en su cantaleta y respuesta trillada fue la siguiente: “Por cuanto hace a los numerales del 1 al 3, le Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, en su artículo Quinto transitorio señala que el proceso de migración al servicio de carrera deberá realizarse a más tardar al 2023…”

Esto no es así, toda vez que los Consejeros del INFOEM señalaron que los procesos de selección y nombramiento a través del Servicio Profesional de Carrera: ministerial, policial y pericial fenecieron desde el año 2013, y esto quedo acreditado en la controversia que le ganamos y qué perdió la FGJEM (antes PGJEM), en los recursos de revisión 03448/INFOEM/IP/RR/2016 y Acumulados, interpuestos como recurrente principalmente José Humbertus Pérez Espinoza, Sujeto Obligado PGJEM, el Consejero Ponente y los demás Consejeros por unanimidad de votos resolvieron el 11 de enero de 2017 lo siguiente:

“44. Por ello, se advierte que los plazos establecidos en los transitorios, a la fecha en la que se resuelve el presente recurso han fenecido y que existen disposiciones específicas que indican que el Servicio de Carrera debió ser implementado en cada Entidad Federativa, emitiendo, para el caso en particular, la normatividad en la materia y así mismo, someter a sus integrantes a los procedimientos señalados en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública a fin de que cuenten con el certificado que señala el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual es necesario para permanecer en el servicio” .  (El subrayado es nuestro).

Esto acredita que no obstante que el Órgano Autónomo Constitucional como lo es el INFOEM señalara la falta del Servicio de Carrera: ministerial, policial, pericial y de certificación constitucional de los integrantes de la FGJEM, el ex Fiscal Alejandro Jaime Gómez Sánchez y los ocho aspirantes de la corrupción ordenaban y avalaron las detenciones ilegales-arbitrarias, actos de tortura, supuestos delitos en flagrancia, la no aplicación del Informe Policial Homologado (IPH), carencia en la Cadena de Custodia, falta de investigaciones iniciales y complementarias, sin pruebas y solo con datos de prueba sentenciaron a inocentes.

Los ocho aspirantes de la corrupción para ser Fiscal del Estado de México, son los principales responsables en la fabricación de delitos de alto impacto, violando gravemente la presunción de inocencia, los derechos humanos, contravinieron el Control de Convencionalidad, lo más grave cometer delitos de lesa humanidad, llevando a prisión a inocentes como falsos culpables, porque las carpetas de investigación carecen de investigaciones iniciales y de investigaciones judicializadas o complementarias, al respecto CIDH en el citado “Manual” señala lo siguiente:

“Al respecto, el derecho internacional se ha referido a la importancia de que las investigaciones y, a un nivel más amplio, las actividades relacionadas con la persecución del delito sean independientes e imparciales como medio para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas del delito. La Corte Interamericana ha destacado la importancia de que las investigaciones de violaciones de derechos humanos, además de inmediatas y exhaustivas, sean independientes e imparciales” .

Pero también los ocho aspirantes de la corrupción son responsables de la inaplicación y los malos manejos de los recursos públicos para la formación de las y los operadores de justicia, los presupuestos públicos son básicos para lograr la independencia de los citados operadores, así como también su capacitación y certificación para realizar investigaciones inmediatas, exhaustivas e independientes, al respecto la CIDH en el citado “Manual”, señala

“55. En conclusión, la Comisión considera que, para fortalecer la independencia institucional, tanto el poder judicial como las fiscalías y defensorías públicas deben contar con recursos estables y adecuados que estén normativamente asegurados y sean suficientes para cumplir con la función de proteger y garantizar el derecho de acceso a la justicia, el cual deben ser aumentados además progresivamente” .

Es importante señalar que la estrategia de no instalar el SJPA a través de la operación del Servicio Profesional de Carrera: ministerial, policial y pericial mediante el Instituto Mexiquense de Seguridad y Justicia (IMSJ), la Certificación constitucional por parte del Centro de Control de Confianza del Estado de México (CCEM), la falta de investigaciones iniciales y judicializadas por  delitos de alto impacto de parte de la FGJEM y el desvío de miles de millones de pesos para formación de las y los operadores justicia del SJPA fue una gran acción de corrupción concertada y de políticas de Estado.

La gran acción de corrupción concertada como política de Estado para no instalar el SJPA quedo al descubierto cuando el pasado 13 de octubre de 2020, durante la conferencia mañanera el presidente Andrés Manuel López Obrador, dio a conocer  que en los últimos dos días antes de finalizar el sexenio de Felipe Calderón, el ex presidente le otorgó a Genaro García Luna, la cantidad de $19 millones de dólares para pagar la capacitación a “tres funcionarios“ y que le curso duro sólo 90 minutos, es decir una hora y media, la capacitación se registró, pero no se realizó.  

Esta política de simular la formación de las y los operadores de justicia como política de Estado, tuvo como objetivo el desvió de miles de millones de pesos destinados a la capacitación (que debieron de ser destinados al IMSJ y no controlarlos y destinarlos para otros fines por la Secretaría de Finanzas del Estado de México), estas operaciones para simular la capacitación de los operadores de justicia la realizó en el Estado de México una de la mujeres más cercanas de Genaro García Luna ex Secretario de Seguridad Pública, me refiero a Maribel Cervantes Guerrero, quien fungió como Comisionada General de Seguridad Pública de la misma dependencia y también fue Secretaria de Seguridad del Estado de México, hoy se le investiga por corrupta y por el caso de tráfico de armas para integrantes del crimen organizado conocido como “Rápido y Furioso”.

El 13 de octubre de 2013  (dos años después de la creación del IMSJ) se realizó el Convenio de Colaboración en materia de profesionalización que celebro la Academia Regional de Seguridad Pública del Centro (ARSPC), representada por Mónica Argelia Mendoza Salgado (servidor público incondicional a Maribel Cervantes Guerrero, quien la nombro titular del ARSPC el 16 de febrero de 2012) y por el Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo de la Subsecretaría de Finanzas por el Director General Yonatán Eluterio Michoa (servidor público que realizó otros convenios ilícitos y persona cercana al ex gobernador Eruviel Ávila Villegas).

El convenio señala que el 25 de agosto de 1998 se constituyeron cinco Academias Regionales de Seguridad Público (ARSP) mediante el acuerdo 28/98, entre ellas  el ARSPC, precisando que estas Academias quedaron sin ninguna responsabilidad en la Carta Magna y en ningún marco legislativo, con la Reforma Constitucional en Materia de Justicia Penal y Seguridad Pública del 18 de junio de 2008 ordenó mediante la legislación secundaria que en el Estado de México toda la formación profesional se realizaría mediante el Servicio Profesional de Carrera de ministerios públicos, policías y peritos, esto quedó legislado en la Ley del Instituto Mexiquense de Seguridad y Justicia publicada el 18 de octubre de 2001 y que en su artículo Quinto transitorio se legisló lo siguiente: “…Cesión del Instituto de Formación Profesional y Capacitación de la Procuraduría General de Justicia y el Instituto de Profesionalización de la Agencia de Seguridad Estatal”.

Esto confirma que la Secretaría de Finanzas del Estado de México sin ninguna facultad normativa controló los recursos aprobados por las Legislaturas del Estado de México al IMSJ y los desvió para otros fines, menos para la formación de las y los operadores de justicia de los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública y no aplicar de manera correcta los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública (FASP).

Para seguir la ruta de la corrupción  y complicidad de los ocho candidatos para ser Fiscal General de Justicia del Estado de México, la aspirante María de la Luz Quiróz Carbajal, ex magistrada del Tribunal Superior de Justicia y coordinadora para la atención de los delitos vinculados a la violencia de genero en el Valle de Toluca de la FGJEM, quien el pasado 9 de octubre de 2015 el Director General de Recursos Materiales de la Secretaria de Finanzas por el procedimiento de adquisición directa número DGRM-ADP-071-2015 , le notificó que como Coordinadora Administrativa de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal, se le asignó la capacitación para que la Consejería Jurídica atendiera el Programa para el Otorgamiento del Subsidio para la Implementación de la Reforma de Justicia Penal, con carago a la partida presupuestal 3341-Capacitación.

Es claro que la ex Magistrada del TSJEM y Coordinadora Administrativa de la Consejería del Titular del Ejecutivo María de la Luz Quiróz Carbajal, tenía pleno conocimiento que estos recursos deberían de asignarse al IMSJ, toda vez que los recursos en posesión de la Secretaria de Finanzas del Estado de México, tuvo como objetivo la Capacitación Especializada en Mecanismos Alternativos dirigida a 30 asesores jurídicos de apoyos a víctimas, y estos actos de simular la capacitación de la y los operadores de justicia fueron avalados, por la ex Consejera Jurídica del Titular de Ejecutivo Eruviel Ávila Villegas, me refiero a Luz María Zarza Delgado quién fue acusada de haber litigado a favor de la empresa OHL.

El Fantasma de la corrupción se apoderó de la LXI Legislatura al nombrar a ocho aspirantes surgidos de la pestilente y corrupta FGJEM.

El ex gobernador Eruviel Ávila Villegas y la Consejera Jurídica Luz María Zarza Delgado favorecieron los negocios de la constructora española concesionaria del Circuito Exterior Mexiquense y del Viaducto Elevado Bicentenario, conductas delictivas que no han prescrito, por esto impulsan dos candidaturas principales la de María de la Luz Quiróz Carbajal (pupila y aprendiz de Zarza Delgado), así como también la del Magistrado en funciones José Luís Cervantes Martínez, quien después de desempeñarse como subprocurador de la Fiscalía en Tlalnepantla, fue nombrado por Ávila Villegas Magistrado de Cuota (dedazo), y lo más delicado sin contar con Carrera Judicial es uno de los aspirantes de la impunidad de PRI, pero también fue colaborador en la PGR de Eduardo Medina Mora (acusado de participar en el caso de trafico de armas para integrantes del crimen organizado conocido como “Rápido y Furioso”,  en la PGR conoció al ex Fiscal Alejandro Jaime Gómez Sánchez cuando éste se desempeñaba como Coordinador de Asesores de Medina Mora.

También es importante señalar la filiación panista de la Fiscal para la Atención de Feminicidios y Delitos de Genero de la FGJEM Dilcya Shamantha García Espinoza de los Montero, quien es muy cercana al círculo del ex Presidente Felipe Calderón, el ex Procurador General de la República Eduardo Medina Mora, y por el ex Secretario de Gobernación Francisco Blake Mora, (quien falleció trágicamente en un sospechoso “accidente aéreo), Blake Mora la nombró el 16 de agosto de 2011 Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia de Genero contra las Mujeres (CONAVIM).

Es importante señalar que su nombramiento en la CONAVIM causo polémica, toda vez Dilcya Shamanta había sido destituida como Subprocuradora de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparos de la PGR por reprobar los exámenes de control de confianza, en la PGR se le llamó la subprocuradora Fashion por protagonizar un desatino como ministerio público, al atender el accidente en las minas de Sabinas Hidalgo, Coahuila, donde murieron 14 personas, fue cuestionada además de llegar en helicóptero, fue vestida como si se tratase de una pasarela de modas, lo que causo molestias entre los familiares de las víctimas, quizá por esto en su currículum escueto de la FGJEM , no aparece ningún antecedente de haber trabajado en la PRG y Secretaria de Gobernación.

La postulación de Edmundo Porfirio Garrido Osorio es producto de los acuerdos de los Senadores Juan Manuel Zepeda Hernández, Dante Delgado Ranauro y Miguel Ángel Mancera Espinosa, Garrido Osorio como Procurador de Justicia del Distrito Federal fue muy cuestionado por haber maquillado las cifras de los delitos para beneficiar las aspiraciones del Candidato del Cartel inmobiliario de la Ciudad de México a la presidencia de la república Mancera Espinoza.

Los candidatos de la chiquillada y corrupta FGJEM: Antonio Israel Lira Salas, Rodrigo Archundia Barrientos (el hombre de confianza del ex fiscal Alejando Jaime Gómez Sánchez, María Esther Nolasco Núñez y Martín Marín Colín), como parte de la estrategia de los que no quieren dejar que la FGJEM se transforme, inflaron la lista para seguir en los espacios de esta Institución, fabricando delitos y corrompiendo a la Institución, los diputados de la alianza de la corrupción de los partidos del PAN, PRI, PRD y MOVIMIENTO CIUDADANO, ¿porque se decidieron por estos ocho aspirantes y rechazaron a juristas y académicos con méritos suficientes para ser un buen y honesto Fiscal General de Justicia del Estado de México?. Sabemos que los ocho aspirantes de la corrupción que provienen de la FGJEM saben de como se desviaron mies de millones de pesos para la formación de las y los operadores de justicia para instalar y consolidar el SJPA, porque los diputados optaron por las cuotas partidistas y seleccionarlos dentro de la terna de los diez.

Las negociaciones de la JUCOPO y de los “líderes” de los grupos parlamentarios principalmente del PRI, PAN, PRD, PT y MORENA, nos deben muchas preguntas y respuestas, por citar algunas, en donde están los $3 mil 581 millones, 385 mil 633 pesos destinados al IMSJ-Universidad Mexiquense de Seguridad de los presupuestos aprobados por las Legislaturas de 2012 al 2022, también, en donde se destinaron los $2 mil 157 millones, 533 mil 320 pesos del Centro de Control de Confianza del Estado de México aprobados del 2010 a 2021, y los $7 mil 897 millones, 404 mil 289 pesos del FASP aprobados del 2009 a 2021.

Esta claro los ocho aspirantes de la corrupción son cómplices por no haber denunciado a sus superiores, que no se formaron las y los operadores de justicia en el Servicio Profesional de Carrera: ministerios públicos, policías y peritos, que nos se realizaron investigaciones y sin pruebas sentenciaron a miles de falsos culpables por delitos de alto impacto siendo inocentes y no denunciaron el desvió de miles de millones de pesos para la instalación y consolidación del SJPA.    

“Prisioneros hoy, libres por siempre”

PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y DERECHOS HUMANOS, A.C.

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