viernes, abril 19, 2024

Lo que debe saber antes de rentar una vivienda.

Por Claudio Jaime

Antes de emprender la experiencia de cambiar de casa, es necesario que usted considere con detalle varios aspectos que le determinaran el éxito de su decisión, si usted los pasa por alto, le resultaran incosteables, insoportables y más tardara en haber llegado a su nuevo domicilio, que en querer irse de ahí.

Como resultado de los cambios que tanto el sector privado como el publico han tenido que realizar en la administración de sus recursos humanos ante la crisis de salud que afecta a todo el planeta, será frecuente la necesidad de los afectados por dichos cambios de mudarse, ya sea por ser necesario su trabajo en otro lugar o en el peor de los casos por haber sufrido un recorte en su salario o haber perdido su trabajo.

Cambiarse de casa resulta frecuentemente una experiencia que afecta tanto su rutina diaria como su bolsillo, pero hay otros aspectos que van mucho más allá de esto.

  1. Deberá considerar que el resultado de este cambio corresponderá a mantener o mejorar en general: su conveniencia financiera y/o calidad de vida en cuanto a espacio y servicios.
  2. Respecto a la conveniencia le recomiendo valorar: el contrato, montos de renta, mantenimiento, agua y electricidad. Así como seguridad, el espacio de la vivienda y dependiendo el caso, lugar de estacionamiento y tratándose de la renta de habitaciones para estudiantes, la disposición de internet.

 Para comprobar que los aspectos que le acabo de enlistar sean reales antes, mucho antes de firmar el contrato, no después, le recomiendo revisar y valorar lo siguiente:

CONTRATO

En este documento se establece una relación entre dos partes, donde de forma recíproca reconocen derechos y obligaciones en relación con la cesión de un inmueble del que el arrendador (dueño del inmueble o quien está facultado para celebrar el contrato) mantiene la legítima posesión de la vivienda y concede temporalmente (por un tiempo determinado) su disfrute al arrendatario (el inquilino, quien va a ocupar el inmueble) a cambio del pago de un monto.

Todos los detalles de este tipo de contratos varían de acuerdo con los códigos civiles de cada estado.

Como parte indispensable del contrato de arrendamiento deben aparecer con claridad la identidad del arrendador y del arrendatario, el tiempo que durará el contrato, el monto establecido como “Renta” y el periodo de validez, ya sea mensual, bimestral, semestral o anual, el monto del depósito de garantía y si este será devuelto o no al arrendador al final del contrato, así como las condiciones para que suceda en ambos casos.

Así como las cláusulas de garantía para ambas partes donde se contemplan sus responsabilidades en caso de no cumplir con lo acordado en el contrato.

De ningún modo es aceptable para un arrendatario (el inquilino) que en el contrato se establezcan clausulas donde cede, se reserve o rechace su derecho a exigir ante las autoridades competentes en la materia, el cumplimiento exacto del respectivo contrato al arrendador, contemplando en este como exclusión de responsabilidad en caso de que el inmueble presente desperfectos y/o falta de mantenimiento, no atribuibles al arrendatario.

También deberá aparecer con claridad que el inmueble se entrega para su disfrute al arrendatario, sin ninguna clase de adeudos derivados de inquilinos anteriores, esto quiere decir que antes de firmar el contrato, antes no después, a quien pretende rentar el inmueble, le deberán mostrar los recibos correspondientes a los servicios de la vivienda, sin adeudos, con cero adeudo tales como agua, electricidad, mantenimiento, servicios de televisión por cable, internet, así como otras obligaciones originadas por el uso de la vivienda.

Si no se los quieren mostrar o le dan evasivas antes de la firma, olvídelo, de las gracias y busque por otro lado.

En el contrato también deberán aparecer clausulas que contemplen la posibilidad de que el arrendador rescinda (invalide) el contrato por algún incumplimiento del inquilino y la forma de resarcir (reparar) el incumplimiento.

Así como las causas por las que el inquilino puede dar por concluido el contrato sin ninguna responsabilidad, estas pueden ser el incumplimiento por parte del dueño o titular del inmueble, u otras que le impidan al inquilino el disfrute pleno de la vivienda, tales como: vecinos conflictivos, ocultamiento de deudas anteriores a su ocupación u otros que puedan considerarse según sea el caso.    

 TENGA CUIDADO

Es muy común que arrendadores fraudulentos oculten adeudos a su potenciales inquilinos con argumentos como…” No se preocupe, yo le mando los recibos” “Paga muy poquito de agua o de luz” y si el inquilino cae en la trampa y firma, cuando le hacen llegar los recibos con adeudos, el arrendador pide de diferentes formas que el inquilino los pague. Adeudos que no son suyos y ya comprometido y ante el riesgo de que le sean suspendidos los servicios por falta de pago, ceden.

En caso de que a usted le interese alguna propiedad pida que le entreguen una copia del contrato y de los recibos de servicios pagados con días de anticipación a su posible firma y solicite asesoría legal al respecto, si le niegan este derecho y se los quieren mostrar el mismo día, olvídelo, esa es una muestra inequívoca, de que algo no está bien y que se quieren aprovechar de usted.

Las viviendas ubicadas en privadas o en el caso de departamentos, en el contrato también deberá de aparecer el derecho o no, de ocupar cajones de estacionamiento, cuantos son, su ubicación exacta y forma de identificarlos, cuando esto no se define, el conflicto que causa entre vecinos esta ambigüedad en ocasiones termina con agresiones y disgustos que pueden evitarse.

OBLIGADO SOLIDARIO

Esta figura corresponde a otra persona, un tercero que respalda al inquilino en cuanto a su obligación de realizar pagos correspondientes al disfrute de la vivienda (pago de renta u otros acordados en el contrato).

CONDICIONES DE LA VIVIENDA

Es más común de lo que usted se imagina, que arrendadores negligentes, abusivos y apáticos se desentiendan del mantenimiento de sus propiedades, esperando que en sus manos caiga algún inquilino ingenuo al que de forma abusiva le atribuyan tareas tales como: impermeabilización, revisión y reparación de plomería, cancelería, marcos y ventanas, instalación eléctrica, filtraciones, humedad, entre otros aspectos que tienen que ver con el funcionamiento de los servicios y la integridad de la vivienda.

Todos los aspectos que le acabo de enlistar son responsabilidad del dueño del inmueble, no del inquilino, el mantenimiento, por seguridad e integridad del inmueble, deben realizarse bajo un programa, no hasta que aparece una falla, pero los arrendadores abusivos, esperan atribuir esas fallas por falta de mantenimiento a sus inquilinos para que ellos las reparen por su cuenta y “ahorrarse” ese dinero, abusivamente.

Cuando usted recibe una propiedad en renta, todos estas cuestiones deben encontrarse funcionando óptimamente, si no es así, olvídelo, ni se los mencione, están buscando un ingenuo que no se dé cuenta y a quien achacárselo, de las gracias por el tiempo que se tomaron para mostrarle la propiedad y busque por otro lado.  

PAGARÉS

Este recurso por parte de los propietarios pretende asegurar el pago de las rentas acordadas en el contrato, y obligan a los inquilinos a firmarlos por adelantado, prometiendo la entrega de cada uno, conforme se vayan pagando.

PERO… resulta que, otra vez refiriéndome a los arrendadores abusivos, cuando los inquilinos pagan sus rentas, los arrendadores abusivos ponen uno y mil pretextos para no entregar el pagaré correspondiente, si el inquilino lo deja pasar, después de que termine el contrato y el inquilino viva en otro lado, no le extrañe que llegue a su puerta el representante de un despacho de cobranza con el pagaré (el que a usted no le entregaron) en la mano, para cobrárselo.

Cuando a usted le condicionen para la renta de un inmueble, la firma de pagarés, piénselo muy bien antes de aceptar, pida asesoría legal, en tal caso, también deberá aparecer en el contrato las sanciones y a quien acudir en caso de que el arrendador no entregue el pagaré correspondiente a cada pago de renta.  

CALIDAD DE VIDA

En esta parte le recomendare que antes de decidirse por alguna vivienda para rentar considere los siguientes aspectos:

Vecinos problemáticos, este tipo de personas sin respeto por los demás, son auténticas plagas que solamente con la intervención de autoridades, en ocasiones, entienden que:

  • No deben ocupar cajones de estacionamiento que no les corresponden
  • No deben escuchar música, televisión o video juegos a volúmenes que rebasen sus viviendas.
  • No deben hacer reuniones sociales hasta altas horas de la noche y menos generando algún tipo de ruido que rebase las paredes de sus viviendas
  • No deben dejar bolsas o botes de basura fuera de sus viviendas o frente a las puertas de otras viviendas o en áreas comunes.
  • No deben permitir que sus mascotas defequen en banquetas, áreas comunes o jardines y abandonar ahí sus heces.
  • No deben agredir verbal o físicamente a sus parejas y/o hijos (Violencia intrafamiliar), estas agresiones normalmente ocurren de forma escandalosa.

Por su tranquilidad, deberá darse el tiempo de investigar entre los vecinos si alguna de estas situaciones sucede en el lugar que le interesa, y si es así, por su tranquilidad olvídese de esa vivienda y busque en otro lado, no vale la pena.

SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE BASURA

Usted podría creer que este aspecto no es importante, pero por su salud, considérelo. Durante las consultas que usted haga con los vecinos de la propiedad que pretende rentar, también pregunte sobre el servicio de recolección de basura, cada cuando pasa, cuotas, y si no pasa por ahí hasta donde, o si esa responsabilidad es de cada inquilino y/o existen contenedores para la recepción de basura cerca de ese lugar.

Es mejor saber por adelantado y decidir si usted está dispuesto a la modalidad de ese lugar o no, recuerde que montones de basura acumulada son imanes para, cucarachas, ratas, ratones, moscas entre otras faunas nocivas que pondrán en peligro su salud.

PROXIMIDAD DE FUENTES DE CONTAMINACIÓN

Es común que si el potencial inquilino de una vivienda no encuentra los inconvenientes anteriores que le acabo de enlistar, esté listo para firmar, pero, existen otros aspectos que a usted le pueden hacer desde incomodo hasta intolerable vivir en ese lugar si antes no recorre los alrededores y se asegura de que no existan:

Canales de desagüe, salones de fiestas, bares, restaurantes, escuelas de danza y/o música, iglesias o centros de culto, gimnasios u otro tipo de giros que sin consideración por las áreas habitacionales cercanas se enfrascan en Guerra de Bocinas y durante la mayor parte del día las hacen funcionar con publicidad y/o música para “atraer” clientes, no pase por alto este aspecto.

Valore lo que le cuesta obtener el dinero y no olvide, no gaste más de lo que gana.

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