jueves, marzo 28, 2024
Avala Congreso donación de Predio a Universidad de Tultitlán

Esta desincorporación fortalece la educación que otorga la UPVM en este municipio.

El Congreso del Estado de México avaló la solicitud del ayuntamiento de Tultitlán para desincorporar y donar tres predios de su propiedad en favor de la Universidad Politécnica del Valle de México (UPVM), así como un predio en Toluca para regularizar un inmueble de la ciudadana Celina Garduño Castro.

De acuerdo con el dictamen a la iniciativa remitida por el Ejecutivo estatal, expuesto por el diputado Emiliano Aguirre Cruz (Morena), en el caso de Tultitlán se trata de tres predios ubicados en la Avenida Mexiquense s/n, esquina Universidad Politécnica, colonia Villa Esmeralda, donde ya se encuentra construido y en funciones el plantel del organismo público descentralizado UPVM cuyo propósito es impartir educación superior en los niveles de licenciatura, especialidad tecnológica y posgrado, así como cursos de actualización en sus diversas modalidades.

En este sentido, además de regularizar la situación de los tres inmuebles, se amplían los espacios educativos para el estudiantado del municipio y se fortalece la misión de la UPVM de otorgar servicios educativos de calidad vinculados con el entorno a fin de dar respuesta a los retos sociales, culturales, económicos y políticos.

En su momento, el diputado Francisco Javier Arreola Santos (PAN) reconoció la intervención de Juan Antonio Preciado para la construcción de la UPVM, a quien llamó un luchador social que tuvo la visión de iniciar ese proyecto en favor de personas de escasos recursos escasos en Tultitlán.

Durante esta sesión, la Asamblea plenaria autorizó también la desincorporación y enajenación del inmueble ubicado en la calle Esteban Plata, número 227, Colonia Morelos con una superficie de 160 metros cuadrados, a fin de regularizar el predio que desde hace 26 años posee la familia de la ciudadana Celina Garduño.

Conforme al dictamen, presentado por el diputado Iván de Jesús Esquer Cruz (PRI), el inmueble tiene una restricción absoluta de construcción y carece de valor histórico, artístico o arqueológico.

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