En Sesión Ordinaria, se aprobó por mayoría el Decreto que modifica diversas disposiciones del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en relación a la interrupción legal del embarazo.
Con este dictamen se da cumplimiento a la sentencia de fecha 20 de septiembre de 2024, dictada por el Juez Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí dentro del Juicio de Amparo 765/2024; así como a la iniciativa consignada bajo el turno 3763, materia de la sentencia de fecha 23 de agosto de 2024, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí en el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano dentro del expediente TESLP/JDC/94/2024
Con esta modificación, se derogan las disposiciones para dejar de penalizar la interrupción del embarazo de la mujer o persona gestante hasta antes de las 12 semanas de gestación.
Se indica que en los casos que la mujer o persona gestante que voluntariamente interrumpa su embarazo o consienta que otra persona lo haga, después de las doce semanas de embarazo, será sancionada esta conducta con una pena de 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad. Esta conducta sólo será sancionada cuando se haya consumado.
Se establecen sanciones para quien interrumpa el embarazo de una mujer o persona gestante sin su consentimiento, sin importar la etapa gestacional, la cual será sancionada con una pena de tres a ocho años de prisión y sanción pecuniaria de trescientos a ochocientos días del valor de la unidad de medida y actualización.
Serán excluyentes de responsabilidad penal del delito de aborto, cuando: sea resultado de una acción culposa de la mujer o persona gestante, y que el embarazo sea resultado de un delito de violación o inseminación indebida.
El dictamen respectivo, fue aprobado previamente por la Comisión Primera de Justicia que preside la legisladora María Leticia Vázquez Hernández, quien indicó que lo relacionado a la reforma al artículo 16 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, será analizado por la Comisión de Puntos Constitucionales; y las reformas a la Ley de Salud del Estado que contempla la iniciativa ciudadana, se analizará por la Comisión de Salud y Asistencia Social, para realizar el estudio y dictaminación que corresponda.