viernes, abril 19, 2024

Reconoce autonomía universitaria, respeta derechos laborales de docentes y reitera obligatoriedad y gratuidad de este nivel educativo.

Por unanimidad, el Senado de la República aprobó el proyecto para expedir la Ley General de Educación Superior, cuyo objetivo es formar profesionistas con un alto compromiso social, que contribuyan al desarrollo social, cultural, científico, tecnológico, humanístico, productivo y económico del país.

El nuevo ordenamiento, que se aprobó en lo general con 108 votos, reglamenta el artículo tercero de la Constitución Política y establece las bases para que el Estado cumpla con su obligación de garantizar el derecho a la enseñanza de este nivel.

Reconoce la autonomía que la ley otorga a las universidades e instituciones de educación superior, así como a su régimen jurídico, autogobierno, libertad de cátedra e investigación, estructura administrativa, patrimonio, características y modelos educativos.

En el dictamen se reitera la obligatoriedad y gratuidad de la educación superior; se establece un registro nacional de opciones que dará a conocer a la población los espacios disponibles en este nivel de enseñanza, así como los requisitos para su ingreso.

Además, vincula a las instituciones de educación superior con la necesidad de los sectores social, productivo y económico; promueve programas de apoyo para la titulación de los estudiantes; y prioriza a la comunidad estudiantil cuyos intereses y necesidades son el centro del Sistema Nacional de Educación Superior.

La Ley también fomenta la creación de instancias para prevenir la violencia sexual y de género en los centros escolares; establece un Sistema para la Evaluación y Acreditación de dichas instituciones y regula la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en su financiamiento.

El proyecto precisa que los procesos legislativos relacionados con las leyes orgánicas de las universidades e instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, en todo momento respetarán de manera irrestricta las garantías de dichas instituciones, por lo que no podrán menoscabar su facultad y responsabilidad para gobernarse por sí mismas.

Cualquier iniciativa o reforma, acota, deberá contar con los resultados de una consulta previa, libre e informada de los órganos de gobierno competentes de la universidad o institución de educación superior a la que la ley otorga autonomía y deberá contar con una respuesta explícita de su máximo órgano de gobierno colegiado.

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