viernes, abril 19, 2024
Cámara de diputaciones debe sustituir a Cámara de diputados: Max Correa

Propone que Legislatura residirá y sesionará en la H. Cámara de las Diputaciones y no en el Palacio Legislativo.

El diputado local de Morena, Max Correa Hernández presentó este martes una iniciativa con proyecto de decreto, a fin de precisar la obligación de la Legislatura mexiquense para sesionar cuando menos una vez al año fuera de la capital del estado, y enfatizar que la Legislatura residirá y sesionará en la H. Cámara de las Diputaciones y no en el Palacio Legislativo.

La propuesta contempla armonizar el artículo 11 del Reglamento del Poder Legislativo con lo dispuesto en el Artículo 49 de la Constitución Política del Estado, para quedar en los siguientes términos: “En el caso previsto por la Constitución la Legislatura podrá sesionar por lo menos una vez cada año fuera de la capital del Estado”.

El diputado de Morena explicó que mediante esta iniciativa se propone también una modificación en la parte introductoria del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, para sustituir las palabras “Palacio Legislativo” por las de “H. Cámara de las Diputaciones”, o en su caso, si así lo considera la Asamblea, por “H. Cámara de Diputadas y Diputados”, por ser estas palabras más incluyentes para designar la sede del órgano legislativo conocido popularmente como “La Casa del Pueblo”.

“Cabe señalar que la frase ‘Dado en el Palacio del Poder Legislativo’, con la que desde el 23 de noviembre de 1917 se rubrican las disposiciones de este órgano legislativo, se utiliza hasta esta fecha por usos y costumbres, toda vez que la anterior sede de la Legislatura que se ubicaba en la calle Belisario Domínguez, se denominaba Palacio Legislativo, inaugurado el 13 de octubre de 1900 por el presidente Porfirio Díaz.

“El 27 de julio de 1973, al formalizarse el traslado del Recinto Legislativo a la sede que actualmente ocupa, fue declarado “Recinto Oficial del Poder Legislativo del Estado, el edificio que ocupaba la Casa de Cultura, ubicado en la Plaza Hidalgo de esta Ciudad, y que en lo futuro se denominará H. Cámara de Diputados, a partir del día 1º de agosto del año en curso”.

En el pleno legislativo, Max Correa apuntó que desde esa fecha este edificio se conoce como “Cámara de Diputados”, nombre que se popularizó cuando se inscribió con letras doradas en sus dos entradas, y que se fortaleció con el decreto número 28 de la LX Legislatura del 5 de marzo de 2019, mediante el cual la leyenda “H. Cámara de Diputados” se complementó con la frase “La Casa del Pueblo”.

Resaltó que los usos y costumbres para designar al Recinto Legislativo como “Palacio Legislativo” se formalizaron en la Ley Orgánica el Poder Legislativo, y no como lo dispuso el decreto de 1973 por el que se determinó que la sede del Poder Legislativo fuera conocida como “H. Cámara de Diputados”.

Agregó que el Recinto Legislativo en lo sucesivo sea designado como “H. Cámara de las Diputaciones” o “H. Cámara de Diputadas y Diputados”, lo cual va alineado con la iniciativa que el 10 de marzo de 2022 que presentó mi compañera diputada Rosa María Zetina González, para modificar el nombre de la “H. Cámara de Diputados” del Recinto Legislativo en sus dos entradas por la de “H. Cámara de Diputadas y Diputados”.

El Coordinador de la Comisión de Asuntos Metropolitanos del Congreso mexiquense señaló que debemos reconocer que el término “Palacio” como lo señala el Diccionario de la Lengua Española, es contrario a los principios democráticos e incluyentes, toda vez que su significado en sus primeras dos acepciones se define como: “casa destinada para residencia de los reyes”, o “casa suntuosa, destinada a habitación de grandes personajes, o para las juntas de corporaciones elevadas”.

En contraparte, la palabra “Cámara”, en sus primeras cuatro acepciones se define como sala o pieza principal de una casa, compartimento cerrado, organización corporativa para defensa de los intereses de sus miembros en una determinada actividad, o cada uno de los cuerpos titulares del Poder Legislativo.

“Con base en lo antes señalado, se propone que el texto del Artículo 11 del Reglamento del Poder Legislativo quede en los siguientes términos: La Legislatura residirá y sesionará en la H. Cámara de las Diputaciones ubicada en la capital del Estado. En el caso previsto por la Constitución la Legislatura podrá sesionar por lo menos una vez cada año fuera de la capital del Estado”.

Finalmente, Max Correa argumentó que es pertinente destacar que el término diputaciones no es una ocurrencia, “pues el Artículo 39 de la Constitución a la letra dice: La Legislatura del Estado se integrará con 45 diputaciones electas en distritos electorales según el principio de votación denominado mayoría relativa y 30 de representación proporcional, por esa reforma se sustituyó la palabra diputados por diputaciones por considerar que esa palabra no forma parte del lenguaje sexista que excluye a las mujeres y que atenta contra la igualdad de género.

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