viernes, abril 19, 2024
Deudores alimentarios a la picota

Para tramitar licencia de conducir, pasaporte, compraventa de inmuebles ante notario y candidatura política, entre otras, se deberá demostrar que  no están en el padrón nacional de deudores.

Por Eduardo Alonso

Las reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de pensiones alimenticias aprobadas por el Congreso de la Unión, tendrá miles de repercusiones en el Estado de México, ya que tan sólo en el primer semestre de 2021 los Juzgados de lo Familiar del Poder Judicial estatal tramitaron 12 mil 633 procesos por pensión alimenticia.

La reforma federal que deberá replicarse en todo el país, pues ordena a los Congresos locales adecuar sus leyes a las disposiciones del Decreto, precisa que se deberá establecer un padrón del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Lo anterior, con el objetivo de que los padres, previo juicio, cumplan con su obligación de manutención de la o el menor, ya que en caso de no hacerlo las repercusiones serán contundentes en diferentes ámbitos y/o para la realización de trámites, pues tendrán que demostrar que no están en dicho padrón y/o las instituciones ante las cuales realicen trámites deberán confirmar que el solicitante no esté en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Pues en caso de estar en dicha lista negra, no podrán realizar, tramites como:

Licencias y permisos para conducir; obtención de pasaporte o documento de identidad y viaje, participar como candidato a cargo de elección popular y/o como aspirante a cargos de jueces, magistrados en el ámbito local o federal.

Compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales ante Notario Público; en solicitudes de matrimonio el juez del Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro y mencionará la situación que guardan respecto de las obligaciones que tiene.

Los derechos alimentarios, con los que deberá cumplir el padre realizando su aportación económica proporcional a su ingreso, comprenden esencialmente la satisfacción de las necesidades de sustento y supervivencia y, en la especie:

  1. a) La alimentación y nutrición, vestido, habitación, recreación, atención médica y psicológica preventiva integrada a la salud, asistencia médico-hospitalaria y, en su caso, los gastos de embarazo y parto;
  2. b) Los gastos derivados de la educación y la formación para proporcionar a los menores un oficio, arte o profesión, adecuados a sus circunstancias personales, y
  3. c) Con relación a los menores con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdicción, lo necesario para lograr, en lo posible, su habilitación o rehabilitación y su desarrollo;

Las y los diputados del Estado de México tendrán 120 días para armonizar las leyes estatales con el Decreto federal y establecer, entre otros temas, el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias cuyo objeto es concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, a fin de dar efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

El Decreto puntualiza que los Tribunales Superiores de las entidades federativas y de la Ciudad de México suministrarán, intercambiarán, sistematizarán, consultarán, analizarán y actualizarán, la información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias en el ámbito de sus competencias utilizando los sistemas e instrumentos tecnológicos del Sistema Nacional DIF para que con ella integre al Registro Nacional de Obligaciones.

Añade que la calidad de deudor moroso se difundirá en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, el cual, será público con base en lo dispuesto en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

Y precisa que la actualización del registro deberá realizarse de forma mensual.

“Toda persona a quien, por su cargo, corresponda proporcionar informes sobre la capacidad económica de los deudores alimentarios, está obligada a suministrar los datos exactos que le solicite el Juez o la autoridad responsable del fuero local; de no hacerlo, será sancionada en los términos establecidos por el artículo 157 de esta Ley y responderá solidariamente para el pago de daños y perjuicios que cause al acreedor alimentario por las omisiones o informes falsos, sin perjuicio de lo dispuesto por otros ordenamientos legales”, señala el Artículo 135 Ter del Decreto.

De acuerdo con el Poder Judicial los asuntos relacionados con pensión alimenticia, guarda y custodia o régimen de convivencias son los que requieren mayor atención, ya que en el primer semestre de 2021 se contabilizaron 11 mil 176 solicitudes para la asignación de un perito oficial, en su mayoría en Trabajo Social y Psicología.

El Poder Judicial mexiquense precisó que dichos peritos realizan entrevistas, visitan domicilios, constatan la forma en la que viven las personas que están en un juicio, evalúan status de vida, analizan la capacidad de padres o madres para hacerse cargo del cuidado de hijos e hijas, además, aplican pruebas psicológicas. Todo lo anterior permite a los juzgadores conocer vivencias, motivaciones y actitudes para emitir la sentencia que más favorezca a niñas, niños y adolescentes.

Es de destacar que de acuerdo con el Decreto federal, la inscripción al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias deberá especificar cuando menos:

  1. Nombre o nombres, apellidos, Clave Única de Registro de Población y clave y homoclave del Registro Federal de Contribuyentes del deudor alimentario;
  2. Órgano jurisdiccional que ordenó la inscripción, cuantía del cumplimiento de la obligación alimentaria y plazo de pago de los alimentos definitivos, y

III.    Datos del expediente o causa jurisdiccional de la cual deriva la inscripción.

El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias emitirá certificados de no inscripción, a petición de la parte interesada, para lo cual se deberá establecer un sitio web en el cual se genere automáticamente el certificado de forma gratuita.

De acuerdo con el INEGI en 2021 el Estado de México registró 11 mil 258 divorcios, es decir, 26.21% más que en 2020, año en el que se registraron 8 mil 920, siendo los incausados (voluntario unilateral) el 88.12% de los casos.

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