jueves, marzo 28, 2024
Gobierno federal y GEM deben recuperar Viaducto Bicentenario

Mediante un amparo se dejó constancia expresa de que el Viaducto Bicentenario es una vía general de comunicación de jurisdicción federal, reiteró el diputado por Morena Faustino de la Cruz.

Durante la sesión del pleno de la LXI Legislatura, el diputado de Morena, Faustino de la Cruz Pérez exhortó al Titular de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) del Gobierno Federal y al Secretario de Movilidad del Estado de México a recuperar el Viaducto Bicentenario en beneficio de la Nación.

Recordó que el Viaducto Bicentenario es una vía general de comunicación, es decir, un bien nacional de uso común, sujeto al régimen de dominio público de la Federación, que la empresa Aleatica (antes OHL), desde hace más de 10 años explota ilegal e impunemente, al no contar con una concesión del Gobierno Federal, por no tener la autorización previa de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).

El legislador de Ecatepec, denunció, que a pesar de que la SICT no ha otorgado concesión alguna relacionada con el Viaducto Bicentenario, Aleatica ha explotado en beneficio propio esa vía general de comunicación desde hace más de 10 años, obteniendo ingresos por montos multimillonarios en perjuicio de la República. Lo ha hecho al amparo de una supuesta concesión estatal -claramente inconstitucional e ilegal- que es objeto y producto de la corrupción peñanietista, de la que se ha beneficiado impunemente hasta ahora.

En la Casa del Pueblo informó que el pasado 20 de octubre de 2022, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, al resolver el Amparo en Revisión 141/2022, confirmó el amparo que había sido otorgado unos meses antes por parte del Juez Decimocuarto de Distrito en el Estado de México en favor del abogado Paulo Díez Gargari, que durante años ha denunciado la corrupción de Aleatica con distintos gobiernos mexiquenses y con el gobierno federal durante la administración de Enrique Peña Nieto y que en un acto ciudadano exigió que la autoridad competente cumpliera su función y recuperara el Viaducto Bicentenario en beneficio de la Nación.

En el amparo referido se dejó constancia expresa de que el Viaducto Bicentenario es una vía general de comunicación de jurisdicción federal, como lo ha manifestado en reiteradas ocasiones ante esta Legislatura el Grupo Parlamentario de Morena, dijo.

Lo anterior significa, entre muchas otras cosas, que Aleatica comete a diario un delito al explotar el Viaducto Bicentenario sin concesión de la SICT, delito que se sanciona con hasta 12 años de prisión y con la pérdida de las obras e instalaciones en beneficio de la Nación, sin derecho a indemnización de ninguna especie. Se trata de una resolución firme, que no admite recurso alguno, es decir, que este asunto es “cosa juzgada”, consideró.

Por lo anterior, afirmó “desde esta tribuna el Grupo Parlamentario de Morena exhorta respetuosamente al Titular de la SICT, para que recupere inmediatamente el bien nacional de uso común conocido como Viaducto Bicentenario e impida que Aleatica siga beneficiándose impunemente por la comisión de un delito, en perjuicio de la colectividad. Lo anterior, con fundamento en lo que se establece en los artículos 523 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, 75 de la Ley General de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y 107 de la Ley General de Bienes Nacionales”.

Y finalmente, sostuvo que “toda vez que ha quedado definitivamente confirmado el carácter de vía general de comunicación de jurisdicción federal del Viaducto Bicentenario (sujeta exclusivamente a las leyes federales y a los poderes federales), se propone exhortar al Secretario de Movilidad del Estado de México a efecto de que gire sus instrucciones a fin de que la dicha Secretaría coadyuve con la SICT en la recuperación inmediata del Viaducto Bicentenario en beneficio de la Nación y contribuya a impedir que Aleatica siga beneficiándose impunemente de la corrupción peñanietista y de la comisión de un delito, en perjuicio de la colectividad”.

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