viernes, octubre 11, 2024
IEEM, resultado de la evolución de las leyes electorales y de las demandas ciudadanas

El IEEM surgió hace 28 años, producto de distintas reformas legales que se han ido adoptando con el tiempo.

Durante casi tres décadas de historia, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) ha organizado 23 elecciones; ocho extraordinarias y 15 ordinarias: cinco de gubernatura, y 10 de diputaciones locales y ayuntamientos. En todas se ha garantizado el pleno ejercicio de los derechos político-electorales de las y los mexiquenses, en apego a las reglas establecidas en la materia.

La creación del IEEM es producto de la evolución de las leyes electorales en México, y en la entidad, pues aunque la fecha de su fundación se estableció como el 2 de marzo de 1996, con la promulgación del Código Electoral mexiquense, que sustituyó a la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales del Estado de México (LOPPEEM), tiene diversos antecedentes sobre su origen, que se remonta a 1966, cuando se publicó la Ley Electoral del Estado de México (LEEM).

Esa Ley de 1966, estableció la instalación de una Comisión Estatal Electoral como la encargada de organizar los procesos electorales para elegir gubernatura, diputaciones, ayuntamientos y jueces menores municipales, lo que hoy se conoce como jueces cívicos u oficiales conciliadores.

También señalaba que la votación iniciaba a la hora en que se abren las casillas actualmente, las 8 de la mañana, pero cerraban más temprano: a las 5 de la tarde. Las elecciones de gubernatura y diputaciones se realizaban el primer domingo de julio, mientras que las de ayuntamientos y de jueces menores municipales, el último domingo de noviembre.

En 1975, se reformó la LEEM y se dispusieron diversas determinaciones, por ejemplo: que toda mexicana y mexicano con 18 años debía inscribirse al Registro Estatal de Electores y que, además, tendría derecho a contar con una credencial de elector.

La LOPPEEM nace en 1978 y establecía que la Legislatura estaría conformada por 28 diputadas y diputados electos por votación popular directa de mayoría relativa y hasta 9 diputados de minoría.

Esa norma jurídica estuvo vigente hasta 1990, año en que una reforma en la materia estableció la definición constitucional de los partidos políticos; el sistema de medios de impugnación en materia electoral; respecto de un Tribunal autónomo con jurisdicción en lo contencioso electoral, y de una Legislatura compuesta por 34 diputaciones electas por votación directa, y 23 asignadas por representación proporcional.

Es hasta 1995 cuando se plantearon las bases para una nueva institución electoral, encargada de organizar los procesos electorales en la entidad, a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, e integrado en la forma en la que posteriormente lo expresará el Código Electoral del Estado de México (CEEM), pilar jurídico y fundamento del IEEM.

En 1996, tras su publicación el CEEM, permitió la observación de los procesos comiciales y estableció que las elecciones fueran el primer domingo de julio, cada seis años, para gubernatura, y ese mismo día, cada tres años, para diputaciones y ayuntamientos.

En 1998, una reforma constitucional determinó que integrantes del Poder Legislativo dejarían de ser parte del Consejo General y que la persona que asumiera la Presidencia del Consejo General ya no sería propuesta por el gobernador, pues ahora sus miembros deberían ser postulados por la Legislatura.

Ya en 2014, con la reforma constitucional nacional, se determinó que las y los integrantes del Consejo General serían designados por el Instituto Nacional Electoral (INE), y que las tareas de fiscalización a partidos políticos deberían ser asumidas por dicho organismo. Por otra parte, los partidos políticos tendrían que garantizar la paridad en sus candidaturas, y se ajustó el día de la elección al primer domingo de junio.

En 2022 una nueva reforma constitucional local estableció que los partidos deben establecer la alternancia de género en la elección de gubernatura, así como garantizar el principio de paridad.

Las leyes se modifican y adaptan a las necesidades de la sociedad, lo mismo que el IEEM. El Instituto se ha ido transformado para garantizar, ante todo, los derechos político-electorales de los miembros de la sociedad mexiquense, pero también para fortalecer la democracia, ampliar la participación ciudadana, asegurar la integración de las mujeres a la política a fin de que estén representados todos los sectores de la población en el ámbito electoral.

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