jueves, marzo 28, 2024

Poder Judicial realiza cada mes en promedio mil 130 juicios relacionados con pensiones.

Los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial del Estado de México en materia familiar, han iniciado en lo que va del año, 12 mil 432 juicios relacionados con solicitud, consignación, disminución, cancelación o incremento de pensiones alimenticias, rubro que incide en uno de los aspectos más vulnerables de la sociedad.

Lo anterior significa que las y los jueces que conocen de la materia familiar, atendieron mensualmente en promedio, más de mil 130 juicios sobre pensión alimenticia y cada día 37 juicios, como parte de las controversias familiares.

En cada asunto que estudian y sentencia que emiten, las y los jueces buscan garantizar el interés superior del menor y el Derecho Humano a la alimentación, que no solo se refiere a comida, también a vestido, calzado, recreación, educación, atención hospitalaria y habitación indicó Ricardo Sodi Cuellar, titular del Poder Judicial del Estado de México.

Del total de juicios iniciados, 3 mil 234 se registraron del 1 de enero al 19 de marzo y el resto, esto es 9 mil 198, del 20 de marzo al 25 de noviembre, durante la pandemia.

Los cinco Distritos Judiciales con el mayor número de asuntos son: Tlalnepantla con 1581, Ecatepec con 1527, Cuautitlán 1260, Nezahualcóyotl 1188 y Toluca 922, que representan más del 52 por ciento del total.

Sodi Cuellar expresó que los juicios sobre pensiones alimenticias no pueden posponerse, pues las familias dependen de ello para su subsistencia, por lo que, desde el inicio de la emergencia, los servicios del PJEdomex no se han suspendido en este rubro.

El presidente del Consejo de la Judicatura recordó que el PJEdomex puso en operación el Recibo Único para Pensiones Alimenticias que permite simplificar el trámite, evitar traslados, ahorrar tiempo y recursos, a fin de garantizar el derecho a la alimentación de niñas, niños y adolescentes, hijos de padres separados o divorciados.

El proceso es claro y sencillo, el órgano jurisdiccional genera un recibo oficial en línea que entrega a las partes, con este formato, el deudor alimentario realiza el depósito mensual o quincenalmente en la sucursal bancaria y posteriormente, el Fondo Auxiliar hace la transferencia al beneficiario.

El artículo 4.127 del Código Civil del Estado de México establece que tienen derecho a recibir alimentos las y los hijos menores de edad o mayores de edad que se dediquen al estudio, los discapacitados, los adultos mayores, la cónyuge o concubina que se haya dedicado cotidianamente al trabajo del hogar, consistente en tareas de administración, dirección, atención y cuidado de la familia.

Así como el cónyuge o concubina que se encuentre imposibilitado física o mentalmente para trabajar, previa acreditación con la documentación idónea expedida por una institución pública de salud.

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