jueves, marzo 28, 2024

Hombres y mujeres tendrán una base legal para ejercer el derecho a la igualdad de remuneración ante los empleadores y ante las autoridades competentes.

Esta es la primera vez que el Senado de la República hace efectiva una demanda añeja que se tenía en la congeladora desde hace años, luego de que el pasado 10 de marzo se aprobara una serie de reformas a diversos ordenamientos legales con el objetivo de garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres.

El presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monreal Ávila, dijo que el dictamen tiene una relevancia fundamental, toda vez que promueve medidas para erradicar, del sistema jurídico mexicano, la discriminación salarial contra las mujeres.

Monreal Ávila subrayó que nunca nadie se atrevió a legislar sobre este derecho en favor de las mujeres. “Ningún otro Congreso llegó a lo que nosotros estamos logrando”: poner fin a la desigualdad salarial, que implica acabar con los estereotipos de género, eliminar los obstáculos institucionales y compartir las responsabilidades familiares de manera igualitaria.

La propuesta, que se remitió a la Cámara de Diputados, establece que la violencia económica es aquella que provoca o perpetúa la brecha de género, o la percepción de un salario menor por trabajo igual o de igual valor inobservando el principio de proporcionalidad, dentro de un mismo centro laboral.

Establece que será objetivo de la Política Nacional el diseño, implementación, ejecución y evaluación de medidas para fortalecer el acceso de las mujeres al empleo y la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres.

Para eliminar la brecha de género, las instituciones públicas, privadas y sociales deberán tramitar un Certificado de Igualdad Laboral de Género y No Discriminación para acreditar que cuentan con prácticas de igualdad de género y no discriminación que favorezcan el desarrollo integral de sus personas trabajadoras.

Asimismo, los salarios se fijarán con base en criterios objetivos, en términos de lo establecido en la Constitución y los tratados o convenios internacionales en la materia, considerando los conocimientos profesionales, la destreza y las aptitudes para las relaciones interpersonales.

Así como los esfuerzos mental y físico, las responsabilidades del puesto, con independencia del número de personas a cargo, y las condiciones en que se realiza el trabajo, esto es, el entorno físico y el ambiente psicológico en que se realiza el trabajo.

El dictamen señala como violencia laboral “preguntar el historial salarial en el proceso de contratación o de la relación laboral”, así como las acciones u omisiones que directa o indirectamente perpetuán la brecha salarial de género.

Con la reforma, los patrones estarán obligados identificar y hacer del conocimiento de las autoridades e instancias correspondientes posibles acciones u omisiones que afecten el principio de igualdad salarial.

Además, prohíbe toda compensación o práctica que incida en las percepciones económicas de la persona trabajadora, originada por razones de género, étnica, de edad, cultural o cualquier motivo discriminatorio.

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