viernes, abril 19, 2024
Presentan iniciativa para regular vivienda

Max Correa presenta propuesta legislativa para que casi 19 mil familias regularicen sus viviendas.

El diputado Max Correa Hernández presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto, para que casi 19 mil familias puedan regularizar sus viviendas, las cuales fueron adquiridas mediante el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (FONHAPO), o los extintos Fideicomiso de Liquidación del Patrimonio Inmobiliario (FIPAIN), y Programa Fraccionamiento Popular Ecatepec (PROFOPEC).

La propuesta legislativa reforma diversas disposiciones del Código Financiero del Estado de México y Municipios en materia de Seguridad Jurídica para personas que compraron sus casas de interés social mediante dichos fideicomisos.

El legislador de Morena argumentó en la Tribuna Parlamentaria que el derecho a la vivienda digna se encuentra previsto en el Artículo 4° de la Constitución Federal, y prevé que las personas cuenten con instrumentos y apoyos para el acceso a una vivienda digna, segura, decorosa y con accesos a servicios e infraestructura vitales.

En ese sentido, explicó que en el Estado de México existen aproximadamente 18 mil 432 familias que habitan una casa que fue financiada por el FONHAPO, con el propósito de atender las necesidades de vivienda de la población preferentemente no asalariada y con ingresos menores a 2.5 veces el salario mínimo.

“Las familias mexiquenses que adquirieron su inmueble por medio del FONHAPO, al momento de regularizar su patrimonio deben realizar y cubrir el pago de diversos trámites administrativos ante autoridades municipales y estatales, por ejemplo, a nivel municipal deben tramitar y pagar la expedición de la certificación de clave de valor catastral, el pago de traslado de dominio, constancias de no adeudo de predial y agua, entre otros; a nivel estatal, las familias pagan derechos de servicios prestados por el Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM), como la expedición de certificado de inscripción, certificación de libertad de gravamen, entre otros.

“Una grave problemática es cuando quieren regularizar su propiedad, pues las tarifas previstas como pago de derechos por servicios prestados por el IFREM, previstas en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, no son preferenciales por el simple hecho de que su propiedad no cuenta con alguna de las categorías previstas como ‘vivienda de interés social’, ‘social progresiva’ o ‘popular’, a pesar de serlo, lo que les impide acceder al pago de tarifas preferenciales”.

Max Correo detalló que esa problemática radica en el hecho de que gran parte de los conjuntos habitacionales financiados con FONHAPO, FIPAIN y PROFOPEC, fueron financiados y en su caso concluidos previo a la publicación del Código Financiero en 1999, y hoy en día padecen de una notoria desventaja en el cobro de derechos por servicios prestados por el IFREM.

El costo total del trámite de escrituración de esas viviendas resulta sumamente elevado, ya que se tienen supuestos, en varios casos, en los que sobre una sola vivienda se encuentran cerca de 30 convenios modificatorios inscritos ante dicho Instituto, y cuyas cancelaciones son cobradas de manera independiente a cuota normal, a pesar de ser viviendas de interés social.

Las 18 mil 432 familias mexiquenses que padecen esta problemática se encuentran ubicadas en municipios de la Zona Metropolitana del Valle de México: Chalco 127, Chicoloapan 527, Coacalco 684, Cuautitlán 845, Cuautitlán Izcalli 60, Ecatepec de Morelos, 12 mil 149; Ixtapaluca 75, La Paz 360, Naucalpan de Juárez 323, Nezahualcóyotl 131, Nicolás Romero 392, San Martín de las Pirámides 60, Tecámac 55, Tenango del Valle 245, Tlalnepantla de Baz 366, Tultitlán 185, Valle de Chalco 231, Villa Nicolás Romero 69, y 848 del municipio de Zumpango.

Finalmente, el presidente de la Comisión de Asuntos Metropolitanos de la Legislatura del Estado de México, resaltó que el objeto de su iniciativa de ley es generar las condiciones normativas necesarias para integrar en la legislación aquellas viviendas que son de interés social pero el Código Financiero no las tiene previstas para brindar tarifas preferenciales como viviendas populares, y así permitir que miles de familias tengan garantizada la seguridad jurídica de su patrimonio y puedan regularizar sus inmuebles con costos accesibles.

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