jueves, marzo 28, 2024

En Edoméx ninguna estancia se responsabiliza de la atención a las denuncias por maltrato a cualquier especie animal.

Por Rosa Ma. Delgado León

En Toluca se carece de una instancia que realmente aplique la ley cuando de maltrato animal se trata; aunque la gente haga las denuncias a la Procuraduría de Protección al Ambiente (Propaem) o bien a la Fiscalía General de Justicia del estado de México (FGJEM) éstas no proceden porque los burócratas de ambas dependencias, desconocen los procedimientos administrativos y jurídicos para la elaboración de un argumento que defina las justificaciones de la demanda y posible sanción.

Aunque el Congreso local determinó el incremento de sanciones para quien atente contra la vida de cualquier tipo de especie animal, en la Propaem y la FGJEM desconocen los términos de esta nueva disposición y sólo “se echan la bolita”.

Luego de las fuertes imágenes del asesinato de “silver” en un domicilio de Tlalnepantla por parte de integrantes de una familia, fue como se ejerció presión para que la Fiscalía actuara, interviniera el lugar y procediera al aseguramiento de al menos dos de los responsables del homicidio del perro.

No obstante, la gente denuncia a miles de perros y gatos en estado de abandono, hacinamiento, desnutrición, maltrato por mantenerlos atados con una correa de menos de un metro, sin comida, sin agua, revueltos en sus propias heces y ni la Propaem, ni la Fiscalía arrojan atisbos de hacer cumplir la ley lo que deja dos situaciones: por un lado la desilusión de la gente de denunciar una y otra vez y por otro la apatía, negligencia e ineptitud de funcionarios destinados a las áreas que atienden este problema.

“Ahora resulta que los que nos dedicamos a rescatar perros y gatos que otros abandonan, debemos de tener un amplio conocimiento de la forma en que deben actuar los funcionarios para sancionar a los denunciamos aunque presentemos evidencia”.

Para Lula Sánchez, rescatista desde hace más de 20 años de animales domésticos en Toluca, el hecho de denunciar negligencia por parte de una pareja con un cachorro que dio en adopción y que falleció al  caer de un segundo piso, le ha dejado un periplo de respuestas inútiles.

“Propaem dice que solo sancionan administrativamente y no puede atender estos asunto, Propaem no trabaja y luego se la avienta a la fiscalía y de aquí te envían a Tlalnepantla porque no hay atención en Toluca, tendré que acudir a Derechos Humanos o bien se tendrá que hacer una Fiscalía de delitos del ambiente y de derechos de los animales”.

Incluso, dice Lula Sánchez, me han pedido que desista de la denuncia, “que deje el caso así”. Insiste: No digo que la pareja de adoptantes haya actuado con dolo, pero sí con negligencia porque se cayó de un segundo piso y es un bebé y como un ser humano requiere de cuidados, es desgastante, pero debemos darle voz a los animales”.

Remata: Se supone que actualmente hay leyes que protegen a los animales como seres vivos, pero estamos en un grave retroceso en este sentido; tengo 17 años en esta labor y no veo grandes avances.

¿QUÉ DICE EL ARTÍCULO 235 DEL CÓDIGO PENAL DEL EDOMÉX?

Artículo 235 Bis.- Comete el delito de maltrato animal, el que cause lesiones dolosas a cualquier animal que no constituya plaga, con el propósito o no, de causarle la muerte y se le impondrá pena de seis meses a cuatro años de prisión y de ciento cincuenta a trescientos días multa.

La pena prevista en el párrafo anterior también se aplicará a quien abandone a cualquier animal de tal manera que quede expuesto a riesgos que amenacen su integridad, la de otros animales o de las personas.

A quien realice actos eróticos sexuales a un animal o le introduzca por vía vaginal o rectal el miembro viril, cualquier parte del cuerpo, objeto o instrumento, se le impondrá una pena de seis meses a cuatro años de prisión y de cincuenta a ciento cincuenta días multa.

La pena contenida en el presente artículo se incrementará hasta en una mitad cuando el maltrato animal sea fotografiado, videograbado y/o difundido.

En cualquier caso, se procederá inmediatamente al aseguramiento de los animales, de conformidad con lo dispuesto en el cuarto párrafo del artículo 48 del presente código.

Artículo 235 Ter.- A quien cause la muerte no inmediata, utilizando cualquier medio que prolongue la agonía de cualquier animal que no constituya plaga, se le impondrá una pena de tres a seis años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa. Las penas contenidas en este capítulo se incrementarán hasta en una mitad cuando el maltrato animal sea cometido por servidores públicos que tengan por encargo el manejo de animales.

CONGRESO LOCAL ENDURECE PENA PARA LOS QUE MALTRATEN ANIMALES

El pasado 29 de julio, el Congreso del Estado de México aprobó por unanimidad endurecer las sanciones por maltrato animal e imponer hasta seis años de prisión a quien cause la muerte no inmediata y prolongue la agonía de cualquier animal que no constituya plaga; penas que podrán incrementarse hasta a nueve años de prisión cuando el maltrato sea cometido por servidores públicos que tengan por encargo el manejo de animales.

Conforme a la propuesta de la diputada María Elizabeth Millán García, también se reformó la Ley Orgánica Municipal para establecer que cada ayuntamiento deberá contar con un Consejo y una Unidad Municipal de Control y Bienestar Animal, la cual desarrollará programas de esterilización y adopción de perros, gatos y animales de compañía, además del control poblacional de mascotas en situación de calle por medio de la esterilización.

La legisladora Elizabeth Millán destacó la necesidad de contar con un programa integral que atienda la población de animales en situación de calle, pues se calcula que una perra y sus descendientes en 7 años pueden tener hasta 15 mil 360 cachorros, que poco más de 70% de animales de compañía se encuentran en situación de calle y que el problema crece 20% anualmente. Además, diariamente se recogen 690 mil toneladas de heces, la mayoría contaminadas con parásitos, lo que provoca enfermedades diarreicas, respiratorias, dermatológicas y parásitos a una enorme masa de población.

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