viernes, abril 19, 2024

La filtración de información o evidencia vinculada con alguna de las etapas del procedimiento penal es una práctica reiterativa: Dip. Beatriz García

La diputada Beatriz García Villegas presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el Artículo 353 del Código Penal del Estado de México, sobre los Delitos Cometidos por las y los Servidores Públicos de la Procuración y Administración de Justicia.

La propuesta refiere sanciones con penas de 4 a 10 años de prisión a servidores públicos de procuración de justicia, que filtren información o imágenes de víctimas, principalmente de grupos vulnerables.

En su intervención en tribuna, García Villegas señaló la presencia de Marisol Juárez Cortés, madre de Christy Mary Villegas, de 15 años, quien el 26 de diciembre fue encontrada sin vida en un paraje de Juchitepec, tras nueve días de su desaparición, pero a las pocas horas, fueron filtradas fotos del cuerpo de la joven, lo que atentó claramente contra la integridad de Cristy, al igual que la de sus familiares.

Dijo que la filtración de información o evidencia vinculada con alguna de las etapas del procedimiento penal es una práctica reiterativa cometida por las y los servidores públicos que integran el sistema de procuración de justicia, con la intención de obtener alguna ventaja o contraprestación económica.

“El hecho de exhibir el cadáver mediante imágenes en algún medio de difusión y comunicación, produce una victimización secundaria que agrava y expone un daño tanto a la víctima directa como a las indirectas”.

Estas acciones son violaciones al derecho y al principio del debido proceso de ambas partes, al derecho y al principio de presunción de inocencia del imputado, al derecho a la intimidad de cualquiera de las partes, y en el caso de adultas mayores, mujeres, o niñas, es una violencia institucional, apuntó.

La reforma al artículo 353 del Código Penal que refiere delitos cometidos por las y los servidores públicos de la procuración y administración de justicia establece sanción de cuatro a diez años de prisión, de 100 a 150 días multa, así como la destitución e inhabilitación de su empleo, cargo o comisión que corresponda.

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