viernes, abril 19, 2024

Padres de familia han interpuesto amparos para lograr la inoculación contra Covid-19 de sus hijos menores de 16 años: López-Gatell.

El subsecretario de Salud, Hugo López Gatell Ramírez, informó que se tiene conocimiento de 262 amparos interpuestos por padres de familia que exigen al gobierno federal la inoculación de sus hijos menores de 16 años.

“Nos llama mucho la atención, que hay cuatro juzgados en donde están llegando la gran mayoría de estos amparos, esto pareciera ser que algunos despachos de abogados, ya identificaron cuál es el sitio donde están trabajando y es muy probable que estén en una acción deliberada para esto”.

Explicó que la inoculación contra COVID no es una vacunación que tenga como propósito la protección individual, sino la protección poblacional. “Sé que esto a veces es difícil de entender cómo un mecanismo que se aplica a una persona; tiene un propósito colectivo, pero la gran mayoría de las intervenciones de salud pública son así, se hacen acciones en una persona, dos, tres, cinco, siete, miles, millones, porque lo que se busca en el bienestar colectivo”.

López-Gatell Ramírez detalló que las agencias de salud pública del mundo, la Organización Mundial de la Salud, la Organización Panamericana de la Salud, las agencias de distintos países europeos, los centros de control de enfermedades de Europa y de estados unidos, entre algunas otras, todos mantienen la posición de que es importante llevar el orden de prevención de las personas de mayor edad hacia las personas de menor edad.

Dijo que no hay que perder de vista que “por cada dosis que, por ejemplo, por acción judicial por estas sentencias de amparo se desviara hacia un niño o una niña cuyo riesgo es considerablemente menor, se le está quitando la oportunidad a una persona que tiene un riesgo mayor. Y precisamente, la salud pública piensa en las poblaciones, porque se piensa en la equidad”.

La Suprema Corte de Justicia desde el 22 de febrero de 2019 estableció una tesis de jurisprudencia en donde formalmente reconoce el derecho de la protección de la salud en el sentido colectivo del sentido individual y considera la importancia del derecho colectivo como precedente al derecho individual.

Entonces, “la autorización, por ejemplo, de la vacuna Pfizer en México para el uso de 12 a 15 años, en niñas, niños de 12 a 15 años, está condicionada a que en la política de vacunación se considere a ese grupo de edad y, como hemos comentado aquí también muchas veces, no hemos descartado que eso pueda ocurrir, pero sí llevamos un proceso muy ordenado de cobertura por edades”.

Notas Relacionadas