Testimoniales presentadas por la defensa de Alma Delia Baltazar Castillo fueron insuficientes para demostrar su inocencia.
El Agente del Ministerio Público acreditó ante la Autoridad Judicial la responsabilidad penal de la sentenciada en el delito de extorsión, ya que las pruebas desahogadas establecieron que ésta exigió numerario a la víctima a cambio de no causarle un daño
En relación con diversas notas publicadas en medios de comunicación, que refieren que una mujer identificada como Alma Delia Abigail Baltazar Castillo se encuentra “injustamente presa”, al ser “…sentenciada a 40 años de prisión por el delito de extorsión, tras intentar cobrar el dinero que le correspondía de una tanda…”, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), dio a conocer una amplia relatoría de los hechos y testimoniales que presentaron tanto la acusada como la agraviada.
Los hechos ocurrido en abril de 2023 en el municipio de Teoloyucan fueron detallados a través de un comunicado y de acuerdo a las testimoniales aportadas por la defensa, la Autoridad Judicial advirtió contradicciones y aleccionamiento, tampoco acreditaron “fehacientemente” que Alma Delia Abigail Baltazar Castillo acudió al domicilio de J.J.Z.L. a “cobrar una tanda”, ni que fueran vecinas.
Con base en lo anterior, el órgano jurisdiccional no concedió valor a las pruebas ofrecidas y desahogadas por la defensa, por lo que el mismo 6 de mayo de 2023, la Autoridad Judicial resolvió vincularla a proceso, determinación que no fue impugnada. Durante la etapa intermedia, ambas partes ofrecieron los medios de prueba que pretendían incorporar en juicio, los cuales fueron admitidos, por lo que el 18 de junio de 2024, el Juez de Control dictó el auto de apertura a juicio oral.
Una vez que el Juez de Tribunal de Enjuiciamiento justipreció las pruebas desahogadas por las partes, no concedió valor probatorio a las aportadas por la defensa, ya que indicó que las testigos la ubicaron en el lugar del hecho que se le imputa; que los documentos exhibidos estaban incompletos y no contaban con firmas, aunado a que el domicilio plasmado en las dos credenciales para votar no era coincidentes con el establecido en el contrato y de la pericial indicó que no se comprobó que los números telefónicos pertenecieran a la víctima y justiciable, e indicó que las pruebas desahogadas por la Representación Social resultaron idóneas y pertinentes para acreditar su participación.
Derivado de lo anterior, el 22 de agosto pasado la Autoridad Judicial dictó sentencia de condena en contra de Alma Delia Abigail Salazar Castillo, por el delito de extorsión con complementación típica y punibilidad autónoma por ser el pasivo del delito mujer y le impuso una pena de prisión de 40 años, multa de 72 mil 618 pesos, el pago de la reparación del daño en favor de la víctima, así como la suspensión de sus derechos civiles y políticos.
El 5 de septiembre pasado, la sentenciada y la víctima interpusieron recursos de apelación en contra de la sentencia de condena, los cuales serán resueltos por el Tribunal de Alzada quien podrá confirmar, modificar o revocar dicha determinación.