jueves, abril 25, 2024

Presunción de Inocencia desconocerá a la nueva titular de la Codhem por presentar un conflicto de intereses.

Por Eduardo Alonso

 José Humbertus Pérez Espinoza, fundador de la asociación civil Presunción de Inocencia y Derechos Humanos (PIDH), consideró que en tanto no exista un mecanismo multidisciplinario para analizar todos aquellos expedientes de personas que están privadas de su libertad por delitos que no cometieron y les fueron fabricados por el ineficaz aparato de justicia que opera en el Estado de México, se seguirán presentando de manera permanente violación a los derechos humanos que afectan todos los días  a cientos de personas.

El líder social al que le fueron fabricados varios delitos por ser una persona “incomoda” a altos  funcionarios  del gobierno priísta mexiquense, pues logró demostrar la corrupción que prevalece en el sector inmobiliario de la entidad, entre empresarios y políticos del gobierno estatal y municipal como el de Tecámac (en trienios pasados), consideró que su reclusión es un claro ejemplo de la implementación ineficaz del sistema de impartición de justicia oral en el Estado de México.

Entre otras circunstancias porque sus operadores no fueron capacitados y tanto ministerios públicos, como policías de investigación adscritos a la Fiscalía estatal no realizan su trabajo con apego a los criterios, normas y procedimientos que exige el sistema.

Por lo anterior estimó qué de las 33 mil personas recluidas en las 24 cárceles estatales que hay en estos momentos, alrededor de 13 personas fueron privadas de su libertad de manera irregular, y en el peor de los escenarios les fabricaron delitos o simplemente están sentenciados a partir de la imputación verbal de una persona y no a partir de una investigación científica o y/o pruebas reales.

Por ello, subrayó en conferencia de prensa, el PIDH logró entregar 850 expedientes de personas que fueron encarceladas y sentenciadas de manera injusta, por lo que esos casos deben ser analizados por una comisión multidisciplinaria para que constate las múltiples irregularidades que se cometieron en cada uno de esos procesos jurídicos que concluyeron con la privación  de la libertad, injustamente, de cientos de personas.

Explicó que la Ley de Amnistía del Estado de México contempla un mecanismo para solicitar “opiniones consultivas” como las realizadas a la Comisión de Derechos Humanos y está instancia, tras un análisis minucioso de cada expediente, debe otorgar una opinión al Poder Judicial para que determine, en su caso, si la persona sentenciada o en proceso, fue detenida de forma irregular y/o a partir de imputaciones o pruebas falsas o fabricadas, respectivamente, o en el peor de los escenarios torturado para declararse culpable de un delito que no cometió, si eso se confirma, que estamos seguros que así será, dijo, cientos de personas que se acogieron a la Ley de Amnistía deberán ser liberadas de manera inmediata y eso demostrará, entre otras cosas, la ineficaz implementación del sistema oral en el Estado de México.

“Nuestra organización en defensa de los falsos culpables concluirá en los próximos semanas con la presentación de mas de 850 solicitudes de amnistía de delitos de alto impacto y por tal motivo manifestamos lo siguiente”, precisó Humbertus Pérez Espinoza al desglosar lo siguiente:

  1. Manifestamos nuestra inconformidad por no dar cumplimiento a los tiempos y términos de los artículos transitorios y de manera concreta al Quinto de la Ley de Amnistía del Estado de México, en virtud de que la Comisión Especial en Materia de Amnistía se tuvo que haber integrado el 19 de febrero de 2021 (fecha en donde se cumplieron los 30 de hábiles para su creación) y no hasta el 26 de marzo de 2021 cuando se dio a conocer solo la conformación de los integrantes de la citada Comisión Especial.
  2. Un segundo incumplimiento que nos afecta como promoventes de las solicitudes de amnistía, se presenta cuando en la creación de la Comisión Especial en Materia de Amnistía que se dio a conocer el 26 de marzo de 2021 y en este Acuerdo Legislativo de la Junta de Coordinación Política, no se emitieron o publicaron los Lineamientos para atender los casos que por relevancia fueron puestos a consideración de la citada Comisión Especial.
  3. El pasado 8 de abril de 2021 presentamos el primer bloque de solicitudes de Amnistía de PIDH y se nos causa perjuicio toda vez que la Comisión Especial en Materia de Amnistía, no emitió los Lineamientos para atender 109 casos, en donde, se acreditan violaciones a derechos, fallas en la aplicación de los principios penales del sistema acusatorio y la plena presunción de la fabricación de delitos, tova vez que hasta la fecha no se nos ha notificado la aceptación de estas primeras 109 solicitudes.
  4. La Comisión Especial en Materia de Amnistía tenía la obligación de dar cumplimento al artículo Quinto Transitorio y haber creado este Órgano Legislativo el 19 de febrero de 2021 y en esta misma fecha junto a la creación de la citada Comisión Especial se tuvieron que haber dado a conocer los Lineamientos de los casos que por su relevancia debería de conocer.

Por lo anterior, Pérez Espinoza, precisó que como promoventes de la Ley de Amnistía del Estado de México solicitan:

  1. a) La garantía de audiencia con todos los integrantes de la Comisión Especial en Materia de Amnistía, para que le expongamos las omisiones en la aplicación de los casos que por su relevancia están conociendo, también por la deficiencia de los lineamientos y la expedición de unos nuevos lineamientos para que subsanen las deficiencias en referencia a las Opiniones Consultivas.
  2. b) Que se repongan los procedimientos de nuestras solicitudes de amnistía en virtud de las omisiones que se presentaron para la creación de la Comisión Especial en Materia de Amnistía y la tardanza en la publicación de los lineamientos hasta el pasado 1 de julio de 2021.
  3. c) Hacemos de su conocimiento de que PIDH desconoce a la titular de la CODHEM Myrna Araceli García Morón para que no atienda este organismo las más de 850 opiniones consultivas, por presentar un conflicto de intereses, y por ser parte del grupo político que no instaló y consolido el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, y que los solicitantes de Amnistías somos víctimas de este grupo político por haber llevado a prisión a miles de falsos culpables a las prisiones del Estado de México.

Es de destacar que el fundador del PIDH también precisó:

Los diputados integrantes de la Comisión Especial en Materia de Amnistía y la Secretaría Técnica tuvieron todo en tiempo necesario para redactar de manera distinta el Lineamiento NOVENO de manera distinta, y especificar como después de un análisis minuciosos de cada solicitud resolver a que órganos del Estado que señala el artículo 17 de la Ley de Amnistía del Estado de México, se le solicitaría su colaboración para la Opinión Consultiva y no enviar en bloque todas nuestras solicitudes de Amnistía a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM).

Para PIDH de nuestras más de 850 solicitudes de amnistía el órgano del Estado que tiene la responsabilidad de emitir las Opiniones Consultivas es la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJ), toda vez que en más del 80% de nuestras solicitudes, se violaron derechos (detenciones arbitrarias e ilegales, tortura, extorsiones) y la plena presunción de fabricación de delitos por parte de ministerios públicos, policías y peritos de la FGJ.

Concluyendo cuales fueron los criterios que aplicó la Comisión Especial en Materia de Amnistía y la Secretaría Técnica para que nuestra solicitudes solo se turnaran a la CODHEM para que emitieran la Opinión Consultiva, e incluso porque no se solicitó en vía de colaboración la opinión consultiva a Organizaciones de la Sociedad Civil debidamente registradas, cuyo objeto sea la protección y defensa de derechos humanos, tal y como lo señala el artículo 17 de la Ley de Amnistía del Estado de México.

  1. Hacemos del conocimiento de que PIDH desconocerá a la titular de la CODHEM Myrna Araceli García Morón para que no atienda este organismo las más de 850 opiniones consultivas, por presentar un conflicto de intereses, y por ser parte del grupo político que no instaló y consolido el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, y que los solicitantes de Amnistías somos víctimas de este grupo político por haber llevado a prisión a miles de falsos culpables a las prisiones del Estado de México.

Es por esto que PIDH afirma que la llegada de Myrna Araceli García Morón al frente de la CODHEM, representa el regreso de los responsables de no haber instalado y consolidado el Sistema de Justicia Penal Acusatorio y que los principales responsables son el exgobernador Eruviel Ávila Villegas, el exsecretario general de gobierno José Sergio Manzur Quiroga, el extitular del poder Judicial Sergio Javier Medina Peñaloza y de el actual Fiscal General Alejandro Jaime Gómez Sánchez, y que García Morón titular de la CODHEM forma parte estratégica de este grupo político.

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