viernes, diciembre 13, 2024
Sin cortapisa, elección de juzgadores por voto popular

Desestima SCJN los conceptos de invalidez expuestos en las impugnaciones a la reforma constitucional en materia judicial.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (La Corte) llevó a cabo el análisis de las impugnaciones formuladas en contra del Decreto por el que se reforman adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial, publicado el 15 de septiembre de 2024.

Si bien una mayoría de siete ministras y ministros se pronunció en favor de la procedencia de las acciones analizadas, al no contarse con la votación calificada de ocho votos necesaria para invalidar diversos preceptos contemplados en el proyecto de resolución, el Pleno del Máximo Tribunal Constitucional desestimó los conceptos de invalidez.

Acción de inconstitucionalidad 164/2024 y sus acumuladas 165/2024, 166/2024, 167/2024 y 170/2024, promovidas por el Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional, diversas diputadas y diputados del Congreso del Estado de Zacatecas, Partido Movimiento Ciudadano y Partido Unidad Democrática de Coahuila, demandando la invalidez del Decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 15 de septiembre de 2024. Ponente: Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Secretariado: Daniela Carrasco Berge, Fernando Sosa Pastrana, Omar Cruz Camacho, Bruno A. Acevedo Nuevo, Diego Ruiz Derrant y Antonio Flores Arellano Bernal.

Notas Relacionadas

Síguenos

INSTAGRAM

YOUTUBE