lunes, diciembre 2, 2024
TEEM sanciona a Karim Carvallo

El candidato a diputado por Morena estará seis meses en el registro de personas sancionadas por violencia política en razón de género.

Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió que el C. Héctor Karim Carvallo Delfín, candidato a la diputación local por el Distrito 43, postulado por la coalición “Sigamos haciendo Historia por el Estado de México”, incurrió en violencia política en razón de género, derivado de la difusión de una entrevista en la red social Facebook.

Al respecto, las Magistraturas integrantes del TEEM, determinaron la existencia de la infracción denunciada, toda vez que las expresiones del infractor involucran estereotipos de género y diferencias sexo-genéricas al referir el estado gestante de la denunciante.

En consecuencia, se resolvió dictar medidas de reparación, no repetición, así como la inscripción del responsable por un periodo de 6 meses en los registros de personas sancionadas por violencia política en razón de género del INE y el Instituto Electoral del Estado de México, una vez que la sentencia cause ejecutoria.

Respecto de los Procedimientos Especiales Sancionadores 255 y 278, ambos de esta anualidad; se denunció al C. Kevin Adán González Alvarado, candidato a Diputado Local del Distrito 40 de Ixtapaluca, Estado de México, postulado por la Coalición Fuerza y Corazón por el EDOMEX; así como a la C. María De Los Ángeles Zuppa Villegas, entonces candidata a Presidenta Municipal de Tepotzotlán, por el partido político Movimiento Ciudadano; en ambos casos por la presunta vulneración al interés superior de la niñez, derivado de la difusión de publicaciones en la red social Facebook, donde se aprecia la presencia de diversas personas menores de edad.

De las constancias que obran en los expedientes, se tuvo por acreditada la existente de las publicaciones denunciadas, en la cuales aparecen diversas imágenes con el rostro de diversos menores de edad, sin que se colmen los requisitos exigidos en los Lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral para regular la aparición de personas menores de edad en materia de propaganda, toda vez que no obran en el expediente las constancias atinentes para su cumplimiento.

En consecuencia, se amonestó públicamente a las personas denunciadas.

En el Procedimiento Especial Sancionador PES/261/2024, se denunció a la C. Martha Guerrero Sánchez en su carácter de Senadora y candidata a Presidenta Municipal de La Paz, por presuntos actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos, así como difusión extemporánea de su informe de labores.

En principio, se resolvió tener por inexistentes las infracciones relativas a los actos anticipados de campaña y uso indebido de recursos públicos, pues de las pruebas que obran en el expediente no se acredita la vulneración a la normativa electoral.

No obstante, por lo que respecta a la difusión extemporánea del cuarto y quinto informe de actividades legislativas, se determinó tener por acreditada la infracción a la normativa electoral. En consecuencia, se dio vista a la Contraloría del Senado de la República, a efecto de que proceda a imponer la sanción que en derecho corresponda.

Notas Relacionadas