jueves, marzo 28, 2024

“El aguinaldo no puede ser afectado ni reemplazarse por ningún tipo de dádiva o estímulo, las empresas no pueden sustituir el pago del aguinaldo por ninguna otra forma de retribución”: Ernesto Bravo, Instituto de Investigaciones Económicas de la UNAM

Por María Eugenia Fabro   

El aguinaldo es una prestación obligatoria que deben otorgar los empleadores a los trabajadores, constituye un derecho plasmado a partir de 1970 en la ley federal del trabajo. Se trata de un ingreso complementario al salario, sujeto al pago del impuesto sobre la renta. Si este derecho garantizado por ley no se cumple en tiempo y forma, la persona afectada puede realizar los reclamos pertinentes.

Ernesto Bravo, investigador del Instituto de Investigaciones Económicas de la UNAM, explica que el famoso aguinaldo navideño, se instituyó como un respaldo de los empleadores hacia los trabajadores en la época de festividades que implica mayores gastos. Existen dos modalidades de pago: el pago completo hasta antes del 20 de diciembre y el pago dividido en dos partes, una abonada antes de terminar el año en curso y la otra a principios del próximo. En el caso del gobierno los empleados públicos reciben cuarenta días de salario como prestación en concepto de aguinaldo, mientras que las empresas privadas otorgan a sus trabajadores quince días de sueldo como mínimo por la misma prestación.

Categorías de pago y sanciones para empleadores que no cumplen

La ley que estipula el pago del aguinaldo, también contempla diferentes penalizaciones económicas para aquellos empleadores que no lo otorgan en tiempo y forma. La norma establece multas desde 4000 hasta $45.000, se considera incumplimiento tanto no pagar el aguinaldo como hacerlo después del 20 de diciembre. El economista aclara que el aguinaldo en sí mismo, es una prestación hacia todos los trabajadores formalmente contratados por una empresa privada, incluso aunque todavía no hayan cumplido el año de contratación reciben una parte proporcional.

En ese sentido los trabajadores por honorarios o por honorarios asimilados a salarios por ejemplo, no tienen derecho al aguinaldo por ley pero si así lo acordaran con sus jefes, de forma discrecional podrían recibirlo como un incentivo hacia su trabajo. Ernesto Bravo es contundente: “El aguinaldo no puede ser afectado ni reemplazarse por ningún tipo de dádiva o estímulo, las empresas no pueden sustituir el pago del aguinaldo por ninguna otra forma de retribución”.

¿EN QUÉ SE GASTA EL AGUINALDO?

El investigador afirma que buena parte del aguinaldo navideño se destina a las compras para las fiestas decembrinas, otra parte se ahorra en función de qué tan previsor sea quien lo recibe, también una cantidad de dinero se invierte en saldar deudas acumuladas por ejemplo con las tarjetas de crédito. El aguinaldo se utiliza en rubros como regalos navideños, ropa, comida, viajes y hasta arreglos para la casa, tomando en cuenta que se trata de un dinero extra otorgado en una determinada época del año. Bravo considera que un efecto puntual del pago del aguinaldo, es la repercusión directa en el mercado interno mexicano.

A su criterio hay una inyección de capital que de alguna manera impulsa a la economía, sumada a las remesas que se reciben producto del envío de nuestros compatriotas desde los Estados Unidos. Según recientes estadísticas, el dinero que llega a México proveniente del país vecino, supera los 7 mil millones de Dólares sólo en el mes de diciembre.

ALGUNOS CONSEJOS PARA CUIDAR EL AGUINALDO

En un momento como el actual, marcado por una creciente volatilidad tanto cambiaria como inflacionaria, el investigador del Instituto de Investigaciones Económicas de la UNAM recomienda actuar con cautela, cuidar las finanzas personales y gastar el aguinaldo en aquello estrictamente necesario. Si existen deudas contraídas con anterioridad al pago del beneficio, aconseja destinar al menos la mitad del dinero para saldar esos compromisos previos.

Considera oportuno invertir el resto para hacer frente al próximo año, pues los primeros meses de 2022 serán particularmente difíciles por el incremento en los precios de bienes y servicios básicos. En ese contexto sugiere usar de forma prudente, racional y responsable este recurso, ya que se trata de un ingreso único y por lo tanto el pago no se repite durante el año.

HACER USO DE LA LEY

El economista Ernesto Bravo insta a quienes por alguna razón no reciban su aguinaldo, a recurrir al derecho y efectuar el reclamo correspondiente. Para eso existe la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, organismo encargado de velar por el cumplimiento de esta prestación en tiempo y forma.

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