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De madrugada, aprueban reforma judicial

Por Redacción septiembre 4, 2024

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La Cámara de Diputados aprobó en lo general, por mayoría calificada, el dictamen de reformas constitucionales al Poder Judicial.

En sede alterna, la Cámara de Diputados aprobó en lo general, por mayoría calificada de 359 votos a favor, 135 en contra y cero abstenciones, el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política, relativas al Poder Judicial.

El diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (Morena), en funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, informó a la Asamblea que para la discusión en lo particular se han presentado propuestas de modificación a la totalidad de los artículos del proyecto de decreto y a todos los artículos transitorios.

Previamente, al dar lectura a la sinopsis del dictamen, destacó que se establece un proceso de elección por voto popular para magistrada o magistrado de Circuito, jueza o juez de Distrito, así como ministra o ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en un proceso que se llevará a cabo con la actuación del Instituto Nacional Electoral.

Además, reduce la integración a nueve ministras y ministros de la SCJN, con una duración en su encargo de 12 años.

Dijo que se señala un plazo máximo de seis meses para que las autoridades competentes dicten sentencias. En caso de no cumplir con ese plazo, debe dar aviso al Tribunal de Disciplina Judicial y justificar las razones cuando no se dicte sentencia en los plazos establecidos o, en su caso, dar vista al Órgano Interno de Control tratándose de tribunales administrativos.

Fija el procedimiento para la elección de las ministras y ministros de la SCJN, de las magistradas y los magistrados de Circuito, de las juezas y los jueces de Distrito, las magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y de las personas magistradas electorales que integren la Sala Superior del Tribunal Electoral.

Determina los requisitos para ser electo magistrada o magistrado de Circuito, jueza o juez de Distrito y magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y los mecanismos para la designación en caso de defunción, renuncia o ausencia definitiva de alguno de sus integrantes.

Señala que la administración y control interno en el Tribunal Electoral corresponderá al Órgano de Administración Judicial y los temas relativos a la disciplina de su personal al Tribunal de Disciplina Judicial, al cual también le compete conocer de los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores y los que se susciten entre la SCJN y sus empleados.

Faculta al Tribunal de Disciplina Judicial para conocer, investigar, substanciar y, en su caso, sancionar a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación que incurran en actos u omisiones contrarias a la ley, al interés público o a la adecuada administración de justicia.

Da cuenta de las facultades del Órgano de Administración Judicial, que contará con independencia técnica y de gestión, y será responsable de la administración, carrera judicial y control interno del Poder Judicial, además de determinar el número, división en circuitos, competencia y materias de los Tribunales Colegiados de Circuito, de Apelación y Juzgados de Distrito.

DESECHAN MOCIONES SUSPENSIVAS

 

En votación económica, el Pleno desechó, por separado, dos mociones suspensivas presentadas por los diputados Germán Martínez Cázares (PAN) y Tecutli José Guadalupe Gómez Villalobos (MC) para detener el procedimiento y ampliar el diálogo.

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