Por Veneranda Mendoza
El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) impuso amonestaciones públicas a Arturo Heiner Garduño Roldán, exaspirante a magistrado penal, y a Sergio Mayen Arroyo, candidato a juez familiar en el Distrito Judicial II de Cuautitlán, por incurrir en actos anticipados de campaña.
Mediante el Procedimiento Especial Sancionador 27 de este año, Arnol Geovani Izaguirre Vázquez denunció a Heiner Garduño por difundir mensajes proselitistas en su cuenta de Instagram, cuando aún no iniciaba la etapa de campañas del proceso judicial electoral.
El pleno del TEEM determinó que se acreditaron los elementos personal, temporal y subjetivo de la infracción.
El elemento personal se cumplió porque Garduño reconoció como propias las publicaciones denunciadas.
El elemento temporal se acreditó ya que los mensajes fueron difundidos los días 17, 18, 19, 20, 22 y 23 de abril, es decir, antes del inicio de campaña, que fue el 24 de abril.
Respecto al elemento subjetivo, los magistrados concluyeron que las frases empleadas pretendían posicionarlo anticipadamente ante la ciudadanía, a través de equivalentes funcionales.
Aunque no solicitó expresamente el voto, se identificó un mensaje claro de promoción de su imagen, aspiraciones y propuestas, como:
“No es momento de prometer, es momento de responder con hechos”,
“Heiner no solo quiere cambiar el sistema, quiere acercarlo, humanizarlo, involucrando a la sociedad civil”,
“Estas no son promesas, son propuestas que llevan la justicia a donde hoy no llega”.
En el caso de Sergio Mayen Arroyo, fue denunciado por Elliott Mauricio Pérez Galván mediante el Procedimiento Especial Sancionador 25 de 2025, por publicaciones en Facebook los días 15 y 16 de abril, donde solicitaba explícitamente el voto, mencionaba el cargo al que aspiraba y la fecha de la jornada electoral.
El denunciado también reconoció como propias las publicaciones, por lo que el pleno concluyó que incurrió en actos anticipados de campaña al promover su imagen y propuestas antes del periodo legal, lo que contraviene el artículo 245 del Código Electoral del Estado de México.
Descubre más desde Comunicadores
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.
