La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Cine y el Audiovisual, y abroga la Ley Federal de Cinematografía publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1992.
En lo general se ratificó con 466 votos, y en lo particular con 462 votos y en términos del dictamen los artículos 1, 2, 14, 35 y 38 que habían sido reservados, y luego de que la presidencia de la Mesa Directiva instruyó a que las propuestas de modificación que no fueron presentadas en tribuna sean inscritas íntegramente en el Diario de los Debates.
El dictamen, que deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, tiene el propósito de fomentar y regular la producción, distribución, difusión, promoción, comercialización, circulación, exhibición y preservación de obras cinematográficas y obras audiovisuales.
Asimismo, rescatar, restaurar y preservar las obras que integran el patrimonio cinematográfico y audiovisual nacional, y garantizar el derecho de toda persona al acceso a las obras cinematográficas y audiovisuales por cualquier medio.
También, garantizar la diversidad cultural en todas sus manifestaciones, con pleno respeto a la libertad de expresión, impulsar el desarrollo de la industria cinematográfica nacional, así como la formación audiovisual de las personas como parte de su derecho a la educación y la cultura.
Añade que las disposiciones de esta Ley serán de orden público, interés social y de observancia general en todo el territorio nacional y expone que las obras cinematográficas y audiovisuales nacionales son un vehículo de expresión artística, social o educativa, producto de actividades culturales, recreativas y económicas.
Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de lo Ciudad de México deben coadyuvar en el fomento, desarrollo, circulación, promoción y difusión de la industria cinematográfica nacional por sí o mediante convenios con la autoridad federal competente. Fue enviado al Senado para sus efectos constitucionales.
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