domingo, mayo 5, 2024
Plantean que alienación parental se considere violencia psicológica

Piden eliminar requisitos discriminatorios en registro y reconocimiento de hijas e hijos.

Considerar como violencia psicológica cualquier acto de manipulación y alienación parental encaminada a producir en niña o niño o adolescente, rencor o rechazo hacia el otro progenitor y establecer como obligación de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guardia y custodia la procuración del respeto y el acercamiento constante de los menores con sus ascendientes, son propósitos de la iniciativa de reforma al Código Civil del Estado de México que analizará el Congreso local.

En consecuencia, la propuesta remitida a las comisiones de Familia y Desarrollo Humano y Procuración y Administración de Justicia, establece que, para garantizar el interés superior del menor, cada uno de los ascendientes deberá de evitar cualquier acto de manipulación encaminada a producir rencor o rechazo hacia alguno de los progenitores.

REGISTRO CIVIL DE MENORES SIN REQUISITOS DISCRIMINATORIOS

Con el fin de garantizar el interés superior del menor, el Congreso mexiquense recibió la propuesta para la eliminación en el Código Civil del término hijos nacidos fuera del matrimonio, ya que causa denostación y una clara discriminación, con consecuencias que afectan a futuro a los menores, pues si bien el registro y reconocimiento de un hijo es voluntario, no deben existir requisitos especiales o excluyentes para que se origine.        

Remitida a dictamen a las comisiones de Familia y Desarrollo Humano y Procuración y Administración de Justicia, señala que la responsabilidad de otorgar identidad pertenece inicialmente a la madre, padre, abuelos o de quien tenga el interés de realizar un registro de niña, niño o adolescente; esto acompañado de las facilidades que las políticas públicas en los tres niveles de gobierno tengan a bien expedir, por lo cual se busca eliminar los conceptos discriminatorios en el registro y reconocimiento de las hijas e hijos.

Proponen agravar sanciones por sustracción de menor

Al padre o la madre que se apodere de su hijo menor de edad o familiares que participen en el apoderamiento, se le impondrán de cinco años a diez de prisión y será un delito que se perseguirá de oficio, propone la iniciativa de reforma al Código Penal turnada para su dictamen a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.

De acuerdo con la iniciativa, la cual indica un ascenso de este delito en el país, de acuerdo con los Censos Nacionales de Procuración de Justicia Estatal, precisa que, si el menor es restituido espontáneamente al padre o la madre o a la autoridad dentro de tres días y sin causar daño, se le impondrán de tres meses a cuatro años de prisión. Si se causa daño físico o psicológico durante el tiempo de la sustracción, se impondrán de hasta cinco de prisión.

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