sábado, mayo 11, 2024
Reparación del daño, acción de justicia para las víctimas

El Estado debe garantizar el restablecimiento del ejercicio pleno de los derechos de las víctimas y que se promueva la superación de esta condición a través de medidas de salud y educación que fortalezcan su desarrollo: Julio Hernández Barros

Todo aquel que cause un daño material, moral o punitivo a otro tiene el deber de repararlo, consecuencia jurídica de la conducta ilícita que produce su comisión ya sea por acción u omisión, expresó Claudia De Buen Unna, abogada litigante y mediadora privada, quien en 2013 obtuvo una sentencia que fue parteaguas en la materia en México.

De Buen Unna participó en el Panel “Derecho de Daños” durante el Congreso Nacional Psicología Jurídica 2023 “Desafíos y nuevas miradas para la impartición de justicia”, organizado por el Poder Judicial del Estado de México, donde explicó, mediante ejemplos, los tipos que existen.

La especialista apuntó que, a fin de que proceda la reparación tiene que haber una afectación por parte de personas o cosas, de ahí surge de inmediato una responsabilidad y un deber de compensarlo a solicitud del afectado o su representante.

La Magistrada Érika Icela Castillo Vega abordó el tema “Daños en materia Familiar”, en el que indicó que en situaciones como divorcio y violencia, la desprotección surge de la falta de cumplimiento de deberes y obligaciones. Agregó que el resarcimiento es importante porque ayuda a las víctimas a obtener justicia por los perjuicios causados dentro de un proyecto de vida.

En la “Reparación del daño en materia Penal”, la Magistrada Cecilia Moreno Luna refirió que el artículo 22 del Código Penal del Estado de México indica que la reparación satisface dos funciones, la social y la privada que contribuye a resarcir los intereses de la persona afectada por la acción delictiva. Añadió que la Suprema Corte de Justicia ha sostenido que para establecer el tipo de daño, se debe identificar la clase de perjuicio que se puede producir en la vulneración de los derechos fundamentales de la víctima.

Como moderadora fungió la Magistrada en retiro, Armida Ramírez Dueñas, quien dijo que el tema desarrollado en este panel ha tenido una transformación en la legislación tanto civil como penal en México.

DEBE GARANTIZAR SE EL RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LA VÍCTIMA

En esta jornada final, Julio Hernández Barros, especialista en Derecho Penal, dictó la conferencia “Retos y Oportunidades para la Atención de Víctimas en el Proceso de Impartición de Justicia” en la que habló de quienes han sufrido delitos de alto impacto, como desaparición forzada, secuestro y abuso sexual. Subrayó que el Estado debe garantizar el restablecimiento del ejercicio pleno de los derechos de las víctimas y que se promueva la superación de esta condición a través de medidas de salud y educación que fortalezcan su desarrollo.

Felipe Ibáñez Mariel, integrante de la Barra Mexicana de Abogados A.C, impartió la conferencia “Deontología de la Psicología Jurídica”, donde destacó la importancia de la ética en la labor de las y los psicólogos peritos en las materias familiar, civil y penal, respondiendo al interés superior de la justicia; debe de trascenderse a sí mismo y sus fines personales, regirse bajo normativas éticas como lo son la honestidad y la transparencia, indicó.

Guillermo Kohn, Secretario de Estudio y Cuenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dictó la conferencia “Nuevas tendencias de la Psicología del Testimonio en la Impartición de Justicia”. Indicó que la codificación, retención y recuperación, son los factores para determinar la exactitud del testimonio, cuando hay correspondencia entre lo sucedido y lo que se recuerda, es decir, lo que da credibilidad y fiabilidad a la información, herramienta clave para el proceso judicial.

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