Piden erradicar explotación de animales de carga en zonas urbanas.
Debido a que México ocupa los primeros lugares mundiales en explotación y crueldad a los “animales no humanos”, el senador Juan Zepeda Hernández, de Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa para reformar la Ley Federal de Sanidad Animal, para de prohibir el uso y manejo de especies en actividades de carga y tiro, destinadas a la recolección de basura en áreas urbanizadas.
Los llamados “animales de carga” son usados como medio de transporte, de recolección de basura, trabajos agrícolas, actividades que a menudo resultan agotadoras, y pueden causar dolor físico y daños letales, ya que algunos son golpeados hasta la muerte, señaló el legislador en su propuesta.
El legislador de MC indicó que, además de realizar labores en entornos adversos por el clima, las actividades de estos animales se ejecutan de varias formas, como enganchándolos a los carruajes, proporcionando tracción para las herramientas de agricultura, usándolos como animales motores en los molinos de viento y ruedas hidráulicas, así como en exhibiciones o como atracciones turísticas.
México, apuntó, ocupa el tercer lugar mundial en crueldad animal, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en la Encuesta Nacional de Seguridad Pública; y tiene el primer lugar en Latinoamérica, según han señalado representantes de la organización Humane Society International.
Zepeda Hernández dijo que se desconoce en cuáles de los estados de la República se presenta con mayor frecuencia esta situación.
Recordó que en México, en el año 2019, el Congreso de Nuevo León aprobó una serie de reformas a la Ley de Protección y Bienestar Animal, con el objetivo de erradicar el maltrato y la crueldad animal.
La propuesta, puntualizó el senador de Movimiento Ciudadano, además de prohibir el uso de los animales de carga o tiro en zonas urbanas, busca garantizar que las autoridades locales se encarguen de sustituir a los animales que ahora son utilizados en esas tareas por vehículos motorizados, que cumplan con los estándares señalados en la Ley General de Cambio Climático.