La medida obedece a las acciones de contención por la emergencia sanitaria.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) emitió un nuevo acuerdo relativo a la suspensión de audiencias, plazos y términos de sus procedimientos en el periodo del 23 de marzo al 29 de mayo de este año, en concordancia con las medidas adoptadas por los gobiernos federal y estatal, y por las autoridades del sector salud, como medida preventiva frente a la emergencia sanitaria causada por el coronavirus Covid-19.
El acuerdo 004/2020 modifica el similar 003/2020 signado por la auditora superior del Estado de México, Miroslava Carrillo Martínez, con fecha del 20 de abril de este año, el cual planteaba un ajuste en las fechas para que las entidades fiscalizables atendieran sus obligaciones ante este órgano.
Sin embargo, debido al avance de la epidemia y las acciones adoptadas por el titular del Ejecutivo estatal para ejercer actividades preventivas, la decisión de la Secretaría de Salud federal de implantar tareas extraordinarias para atender la emergencia sanitaria y el anuncio de la Secretaría de Salud del Estado de México para fortalecer las medidas preventivas y de seguridad para mitigar y controlar los riesgos de salud, el OSFEM se sumará a esas líneas mediante el ajuste de su calendario de actividades.
El Acuerdo 004/2020 —publicado en la Gaceta del Gobierno— señala que la entrega de los informes mensuales de enero, febrero, marzo, abril y mayo del actual ejercicio fiscal se realizará con apego al calendario emitido por este Órgano en su acuerdo 003/2020.
Es decir, un total de 424 entidades fiscalizables municipales y 103 de los poderes del Estado y sus dependencias presentarán sus informes de manera escalonada y programada en los últimos días de junio y los primeros de julio en los horarios establecidos para tal fin.
La decisión de que lo hagan de manera paulatina es con el objetivo de evitar aglomeraciones y seguir cuidando y protegiendo la salud de los servidores públicos y de quienes acudan a dejar la información derivada de sus obligaciones periódicas.
El Acuerdo 004/2020 expone también que las actividades jurisdiccionales y administrativas, tales como audiencias y términos procedimentales, no serán sujetas a plazos procesales y surtirán efecto hasta el primer día hábil siguiente en términos del artículo 28 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; en tanto que las capacitaciones internas y conferencias presenciales calendarizadas serán reprogramadas.
El nuevo acuerdo puede consultarse en el siguiente link:
http://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/gct/2020/may061.pdf