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Niegan constancia de mayoría a candidato por deudor alimentario

Por Redacción julio 10, 2024

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La Sala Superior del TEPJF confirmó la inelegibilidad de Luis Carballo como diputado federal por mayoría relativa, porque al registrarse a dicho cargo estaba incluido en el registro estatal de deudores alimentarios morosos.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, la sentencia de la Sala Regional Toluca que, entre otras cuestiones, declaró inelegible a Luis Carballo candidato electo como diputado federal por mayoría relativa porque al momento de solicitar el registro al cargo, tenía el carácter de deudor alimentario moroso y no había realizado el pago correspondiente.

Ello, conforme al criterio de la Sala Superior consistente en que el requisito de elegibilidad respecto de la declaración de deudor alimentario moroso no suspende el derecho a ser votada de la persona que aspira al cargo, cuando se pague o extinga la deuda antes de solicitar el registro de la candidatura.

El candidato declarado inelegible, así como el partido político que lo postuló, controvirtieron la sentencia de la Sala Regional Toluca al considerar que se interpretó indebidamente el requisito de elegibilidad; el INE analizó ese requisito y lo tuvo por cumplido al haber acreditado el pago, con independencia de que continuara en el padrón; y no se observó que el pago de la deuda de la pensión lo hizo dentro del periodo de solicitudes de registro y antes que el INE aprobara el registro de la candidatura.

La constancia de mayoría se le entregará a su suplente.

En sesión pública presencial, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la Sala Superior, entre otras cuestiones, declaró inelegible al candidato a diputado federal electo, de acuerdo con los precedentes de la Sala Superior.

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