Yucatán alinea su Código Penal con mandato de la Corte, la legislación federal y tratados internacionales.
En Sesión Ordinaria, las y los diputados de la LXIV Legislatura aprobaron por mayoría con 22 votos a favor y 13 en contra, el dictamen de las comisiones unidas de Justicia y Seguridad Pública, y de Salud y Seguridad Social, en materia de autonomía reproductiva y derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes, esto en el marco de la sentencia resuelta por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En este se expone que, de acuerdo con el mandato de la Corte, se permite el derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes hasta las 12 semanas y se establece con claridad el tipo penal de aborto forzado y se aumentan las penas para este delito pasando de 3 a 8 años, a 5 y 10 años de prisión; y en el caso del aborto forzado con violencia pasando de 6 a 9 años, a 9 y 15 años de prisión.
Asimismo, se mantiene la definición del aborto como la interrupción del embarazo en cualquier momento antes de su conclusión, establecido en el artículo 389 del Código Penal del Estado.
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