La presidencia del Tribunal de Disciplina Judicial del Estado de México será rotativa entre tres magistraturas.
Por Veneranda Mendoza
Maricela Reyes Hernández, expresidenta de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México (TSJEM); Jesús Ángel Cadena Alcalá, secretario de Estudio y Cuenta en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF); y Karla Ivonne Díaz Iniesta, jurista federal, se perfilan para integrar y presidir el Tribunal de Disciplina Judicial del Estado de México (TDJEM).
Cada una de las tres magistraturas presidirá el órgano durante dos años, de forma rotativa, según el número de votos obtenidos. Sin embargo, su periodo como magistrados será de seis años. En tanto, el exfiscal general Alejandro Gómez Sánchez y la jueza Nancy Flores Mendoza integrarán el Tribunal por cinco años, con el objetivo de escalonar su renovación.
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Antes de su designación definitiva, los cinco aspirantes deberán pasar los filtros del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), que verificará el cumplimiento de requisitos constitucionales, de la regla “8 de 8” y la ausencia de vínculos de parentesco con integrantes del Poder Judicial estatal. Ninguno podrá ser reelecto.
El Tribunal contará con independencia técnica, de gestión y resolución. Podrá iniciar investigaciones por oficio o denuncia, imponer medidas cautelares, atraer casos, emitir sanciones —como amonestaciones, suspensiones, sanciones económicas, destitución o inhabilitación— y dar vista al Ministerio Público cuando detecte posibles delitos.
También podrá solicitar juicio político ante el Congreso contra personas juzgadoras electas por voto popular.
Los procedimientos administrativos serán desahogados por comisiones de tres integrantes, cuyas resoluciones podrán ser impugnadas ante el pleno. Las decisiones del Tribunal serán definitivas e inatacables. Tendrá facultades para requerir documentos, realizar inspecciones, ordenar comparecencias y recolectar pruebas.
El TDJEM podrá evaluar a los jueces, ordenar suspensiones de hasta un año o su destitución, resolver conflictos internos y participar en el Sistema Estatal Anticorrupción. Además, cualquier persona o autoridad podrá denunciar presuntas faltas administrativas o delitos cometidos por servidores públicos del Poder Judicial ante el Tribunal.
Las magistraturas podrán ser removidas únicamente por causas graves. El gobernador o gobernadora podrá solicitar su destitución ante la Legislatura o la Diputación Permanente por delitos del fuero común, incluidos actos de corrupción. La remoción requerirá mayoría calificada de dos tercios.
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