jueves, marzo 28, 2024
Sentencia en libertad para agresor de maestra

Durante tres años, Octavio Alfonso “N” no podrá acercarse al domicilio de quien fuera su pareja y además maestra de la UAEMex, a quien agredió en abril de 2021, cuando la profesora impartía su clase para alumnos de la Prepa 5 a distancia.

Octavio Alfonso “N” fue sentenciado por la agresión a su pareja mientras ella impartía clase de inglés en línea para alumnos de la Preparatoria Número 5 perteneciente a la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMex), pero podrá cumplir su condena en libertad y, de acatar las condiciones impuestas, en tres años compurgar la totalidad de su pena.

Lo anterior, después de que una jueza de Control del Distrito Judicial de Toluca aprobó la suspensión condicional del proceso por el delito de violencia familiar. El Poder Judicial Estatal informó que la decisión se tomó “a solicitud de las partes de optar por un mecanismo alterno de solución de controversias”.

Durante tres años, el sentenciado no podrá acercarse al domicilio laboral y al particular de la víctima, absteniéndose de comunicarse en cualquiera de las formas con ella; someterse a tratamiento psicológico y ofrecer disculpa pública a la víctima -ésta última condición, a decir del Poder Judicial, se cumplió durante la última audiencia-.

Además, deberá tener un trabajo lícito, como abogado litigante en un despacho especificado en la sentencia; abstenerse de consumir bebidas alcohólicas; someterse a tratamiento con una asociación civil especificada en la sentencia, acreditando esta condición de manera mensual; y prestar servicio social en favor del estado o institución de asistencia pública.

De igual manera, tendrá que residir en un domicilio especificado en el fallo; someterse a vigilancia judicial, mensualmente; comparecer ante el Centro Estatal de Medidas Cautelares los primeros cinco días hábiles de cada mes; y no podrá salir del Estado de México sin autorización judicial previa.

Estas condiciones, especificó la jueza, tendrán una vigencia de tres años; y una vez cumplido ese plazo, de haber sido acatadas, podrá dictarse el sobreseimiento de la causa.

Lo anterior, en virtud de que el delito de violencia familiar permite la resolución del conflicto con justicia restaurativa mediante acuerdo de las partes.

Con la suspensión del proceso, la medida cautelar impuesta (prisión preventiva) a Octavio Alfonso “N” queda sin efecto.

Los hechos que se imputan al sentenciado ocurrieron en abril de 2021, cuando la profesora impartía su clase para alumnos de la Prepa 5 vía plataforma zoom y Octavio Alfonso entró a la habitación, la agredió verbal y físicamente, hecho que fue registrado por los alumnos mientras grababan el contenido.

Octavio Alfonso “N”, quien había sido identificado por el Partido Acción Nacional (PAN) como su militante y por esta conducta anunció su expulsión de las filas del albiceleste, fue detenido 5 meses después de la agresión, en septiembre de 2021, por lo que la sentencia se impuso en un plazo menor a seis meses.

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