jueves, julio 4, 2024
Tenemos 2.8 jueces por cada 100 mil habitantes; deberían ser 18: Ricardo Sodi

Una buena administración de justicia es costosa, una mala administración de justicia es más costosa todavía.

Durante su intervención en los “Diálogos Nacionales Reformas Constitucionales al Poder Judicial” con sede en el recinto legislativo del Estado de México, Ricardo Sodi Cuellar, magistrado presidente del Poder Judicial estatal, considero que se debe buscar la mejor reforma posible con perspectiva republicana y federalista.

Dijo que la Justicia cotidiana posee su primer punto de contacto con la ciudadanía en los ámbitos judiciales locales. Por lo tanto, toda reforma que pretenda ser sistemática e integral debe tomar en cuenta las necesidades de los Estados y enfocarse a fortalecerlos.

Por ello, desde la experiencia local, “busquemos la mejor reforma posible con perspectiva republicana y federalista”.

Propuso partir de indicadores que reflejan nuestra realidad. Según el Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal del INEGI, en México en promedio las entidades cuentan con 4.6 jueces por cada 100 mil habitantes, particularmente el estado de México tiene 2.8.

Somos un país, dijo, con altos índices de litigiosidad e insuficiente personal judicial, lo que genera lentitud y rezago. Uno de los primeros objetivos de una reforma integral sería abatir dicho rezago o al menos disminuirlo. El estándar internacional implicaría tener al menos 18 jueces por cada 100 mil habitantes, pero seamos realistas, fijemos una meta de 10 jueces por cada 100 mil habitantes.

Para lograrlo, agregó, debemos fortalecer la autonomía presupuestal de los poderes judiciales de los Estados, mediante las siguientes acciones:

  1. a) Incorporar a la Constitución general el principio de que los presupuestos de los Poderes Judiciales locales sean progresivos e irreductibles y nunca inferiores al 4% del presupuesto de egresos de la entidad correspondiente;
  2. b) Crear el Fondo de Apoyo para la Impartición de Justicia en las entidades, reformando la Ley de Coordinación Fiscal e incorporarlo al ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación;
  3. c) Exentar a los Poderes Judiciales locales de los límites del 3% que la Ley de Disciplina Financiera fija como máximo de aumento al Capítulo 1000 a efecto de poder incrementar el número de servidores judiciales a la velocidad que se necesita.

Por otra parte, consideró no soslayar los costos en dinero, en tiempo, en calidad profesional y en resultados que significaría la renovación de los cuadros de profesionales de la administración de justicia que actualmente son juzgadores.

Independientemente de los mecanismos concretos para su designación, agregó, aprovechemos la gran experiencia de nuestros jueces y magistrados locales y federales y fortalezcamos la carrera judicial con concursos de oposición que habiliten para desempeñar la función jurisdiccional en todo el país.

Una buena administración de justicia es costosa, una mala administración de justicia es más costosa todavía.

Frente a tantas carencias en personal, instalaciones y equipo de los tribunales de justicia locales, no es posible hablar de austeridad. El debate debe ser en favor de la suficiencia presupuestal y la racionalidad del gasto, además de su aplicación oportuna, transparente y eficiente. Esto permitirá acercarnos a los estándares internacionales, con un mayor número de personas juzgadoras y mejores condiciones para su trabajo, y así alcanzar un efectivo acceso a la justicia.

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